Caso ´bautizo mortal´ enviado a Corte Militar

La decisi del juez Stimo de lo Penal de Macar que remitiel caso a la Corte Superior Militar, es rechazada por los familiares del fallecido subteniente Robles Eras.
Seg ellos, el juez Primero de lo Penal de la Tercera Zona Militar, en conocimiento de que el proceso se originen Macar y de que actualmente se halla en la presidencia de la Corte Superior de Loja (por el fuero que tiene el mayor Jorge Segovia, tal como refiere en la providencia, emitida el pasado ocho de noviembre), incumple con lo establecido en la ley Orgica de la Funci Judicial -especialmente el artulo 23-, que sostiene que son atribuciones y deberes de las Cortes Superiores el «dirimir la competencia que surja entre jueces de su territorio y, entre estos y judicaturas especiales del mismo, y la de cualquiera de las anteriormente nombrados con los jueces o con las judicaturas especiales de otro territorio…».
De ahque los familiares de Robles Eras se encuentran extrados por la diligencia con que el juez militar ha resuelto enviar el proceso a la Corte de Justicia Militar, luego de haber transcurrido m de 60 ds.
Tampoco les resultan claras las razones por las que el juez penal militar insiste en llevar el proceso penal, cuando el juzgado Primero de lo Penal no se halla debidamente integrado, tal como disponen los artulos 41 y 42 de la ley Orgica del Servicio de Justicia de las Fuerzas Armadas, que establecen que todo juzgado de instrucci tendrun secretario y un amanuense.
«Hoy mi madre, junto con familiares y amigos, hacen un llamado a las autoridades que tienen que ver con el caso, a fin de que se haga justicia por la v ordinaria, y se castigue a los culpables del macabro bautizo militar, ya que ha violentado todos los procedimientos penales y los Derechos Humanos», expresLuis Vega Eras, familiar del uniformado fallecido.

Estrado

El caso estuvo en trite en el juzgado de lo Primero de lo Penal de la Tercera Zona Militar, en Cuenca.

El juez del caso, en providencia del 8 de noviembre de 2001, resolvienviar el proceso a la Corte de Justicia Militar, esto conforme lo dispuesto en el artulo 10 de la ley Orgica del Servicio de Justicia de las Fuerzas Armadas.

La instancia militar deberdirimir la competencia establecida entre el juez Primero de lo Penal de la Tercera Zona Militar y los jueces comunes.