La presentación del anexo de gastos personales, que se presenta en línea deberá realizarse desde este mes y por una sola vez se extenderá hasta marzo. Los dígitos 1, el 11 de febrero; el 2, el 13; el 3, el 17; el 4, el 19; el 5, el 21. Desde el dígito 6 hasta el 0 en marzo. El 2, el 6; el 3, el 7; el 4, el 8; el 5, el 9 y el 0, el 6 de marzo.
Dennis López, directora provincial del Servicio de Rentas Internas (SRI), explicó que se incluyen en gastos personales los rubros de salud, educación, vivienda, vestimenta, alimentación, con un máximo de 3.675,75 dólares, cada uno. Y están obligados a presentar los contribuyentes con un ingreso de más de 11.310 dólares y que el total de gastos en 2019 superen los 5.655 dólares.
También es obligatorio que presenten este anexo de gastos personales los contribuyentes que van a solicitar la devolución de las contribuciones de retención de la fuente del año anterior.
López explicó que la no presentación de este anexo tiene una multa, para las personas que no están obligadas a llevar contabilidad de 30 dólares y para las que sí están obligadas, de 45 dólares.
Además, dentro de lo que determina la Ley de Simplificación Tributaria, se conoció que, desde marzo, los contribuyentes que tengan como mínimo de ingreso anual 1’000.000 de dólares, deberán cancelar la contribución temporal, que es anual y por tres años.
Para este cálculo se tomará en cuenta el impuesto a la renta de 2018, y quienes registren pérdida en ese año, no deberán hacer este pago. (VHG)