Equinoccio

La relación existente entre las fuerzas de seguridad, la sociedad política y la sociedad civil están normadas constitucionalmente. En el caso ecuatoriano, según el artículo 1 de la Carta Magna, el Ecuador es un Estado constitucional, democrático, organizado en forma de república; el artículo 158 dispone: “Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. Las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial. La protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional”.

La naturaleza del Estado marca el papel de las instituciones de seguridad. En un sistema democrático y republicano, la soberanía radica en el pueblo, existe división de funciones y, según el artículo 108, la participación, que asegura alternabilidad, se ejerce a través de partidos y movimientos “que constituyen expresiones de la pluralidad política del pueblo y sustentarán concepciones filosóficas, políticas, ideológicas, incluyentes y no discriminatorias”.

La Constitución manda, en el artículo 159, que “Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional serán obedientes y no deliberantes, y cumplirán su misión con estricta sujeción al poder civil y a la Constitución”. “La obediencia a las órdenes superiores no eximirá de responsabilidad a quienes las ejecuten”. Por tanto, se concluye que las Fuerzas Armadas y Policía Nacional se deben al conjunto de la Nación, no a ningún partido o movimiento; no pueden argumentar la obediencia debida, frente a disposiciones inconstitucionales, ni pueden ser suplantadas por fuerzas paramilitares o milicias a órdenes del partido de turno en el gobierno, como sucede en Nicaragua o Venezuela.

Estas reflexiones son importantes para felicitar al ‘Ejército de los ecuatorianos’, como se auto identifica el de nuestro país, por el lanzamiento de un ambicioso e integral ‘Plan de Transformación’, con horizonte a 2034, en el que se establecen las principales líneas de acción estratégica para alcanzar y mantener los más altos niveles de eficiencia, eficacia y profesionalismo, como garantía institucional del cumplimiento de sus misiones constitucionales y legales.