‘Columna vertebral de transparencia electoral’ fue aprobada por el CNE

DECISIÓN. Los cinco consejeros del CNE aprobaron el reglamento remitido por un área técnica. (Cortesía CNE)
DECISIÓN. Los cinco consejeros del CNE aprobaron el reglamento remitido por un área técnica. (Cortesía CNE)

La norma es la base para el funcionamiento tecnológico con el que se hará el conteo y transmisión de datos el día de las elecciones.

“Este reglamento es la columna vertebral de la transparencia electoral”. Esa frase antecedió al voto afirmativo que la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, le dio a la normativa aprobada por unanimidad en el pleno del organismo.

En 23 páginas y con 36 artículos, el Reglamento de Integración, Implementación y Funcionamiento del Sistema Electoral de Transmisión y Publicación de Actas y Resultados (Setpar), establece los lineamientos para el recurso humano operativo de las elecciones y de las actividades tecnológicas.

El vicepresidente del CNE, Enrique Pita, dijo que esto apenas es el marco referencial legal o el “plan de vuelo” antes de que los técnicos del área informática de la institución ajusten el sistema a lo establecido en el reglamento.

Agregó que la normativa sí contempla la creación de una unidad auditora de cinco personas, quienes se encargarán de vigilar que se cumpla lo establecido en la Ley.

Punto por definir

Pita indicó que todavía no está claro quiénes conformarán este equipo. Habló de que podrían seleccionarse reconocidos técnicos del país o que estos propuestos por organismos internacionales. Aunque también dejó abierta la posibilidad de que ellos sean recomendados por cada una de las cinco consejerías.

“No es tanto el quiénes serán, sino que ya se reglamentó esa parte”, señaló.

El consejero José Cabrera, durante el Pleno, aseguró que el reglamento del Setpar en el capítulo 5 y 6 recogió las recomendaciones planteadas por la Contraloría, que detectó falencias en la operatividad del sistema informático durante el proceso electoral de 2019.

El reglamento

En el artículo 14 de la normativa, aprobada la noche del último lunes, se establecen, además, las funciones del personal del Centro de Procesamiento Electoral (CPE). (Ver recuadro)

El soporte tecnológico para evitar inconsistencias, dijo Pita, será clave para que los resultados estén ajustados a la realidad.

Según el funcionario, el día de las elecciones no puede registrarse una diferencia de más de un 1% entre las actas de escrutinio de una misma junta receptora del voto respecto de una dignidad política similar.

De registrarse un porcentaje superior, dijo, el mismo sistema se encargará de revotar automáticamente el trámite para que no sume al registro de votos.

Con esto, el CNE busca pulir el proceso para la transmisión y procesamiento de las actas al Sistema Informático Electoral de Resultados (SIER), el acopio y publicación en tiempo real y en línea de los resultados provisionales y terminar con las suspensiones temporales de transmisión de resultados que despiertan dudas sobre la transparencia electoral.

La aprobación del reglamento estaba prevista para el viernes pasado, pero los consejeros aplazaron el pleno hasta empaparse bien de la norma.Según Atamaint, este sistema tiene avances en los mecanismos de supervisión en la digitación de actas, además del mejoramiento en la puesta en cero de las bases de datos antes de las elecciones.

La aceptación de estas ventajas tecnológicas planteadas en la norma se reflejó en el consenso del Pleno del CNE, cuyas decisiones muy pocas veces alcanzan una votación unánime de los cinco consejeros. (FLC)

Asignaciones del Centro de Procesamiento Electoral

Administrador técnico regional, provincial, distrital y del exterior del Sistema Informático de Escrutinio y Resultados.

Coordinador Técnico del CPE.

Equipo de monitoreo y soporte técnico.

Equipo de escaneo de actas en el CPE.

Equipo de revisión de firmas digitalizadas.

Equipo de digitación de actas.

Equipo de supervisores.

Equipo de recepción de actas.

Equipo de archivo de actas.

Equipo escrutador.

Equipo de recuento de voto.

Equipo de archivo de sobres.

Responsable y Administrador de la Bodega Electoral.

Equipo para el control y bodegaje de paquetes electorales.

Delegados de los sujetos políticos acreditados.

Observadores electorales acreditados.