Corte Constitucional echa abajo recaudación anticipada de impuestos

EMPRESAS. Representantes del sector productivo indicaron que la medida les restaba liquidez.
EMPRESAS. Representantes del sector productivo indicaron que la medida les restaba liquidez.

La recaudación anticipada del impuesto a la renta enfocado a un grupo de empresas, que estaba establecida por Decreto Ejecutivo 1109, fue declarada como inconstitucional por la Corte Constitucional.

La entidad, en su dictamen desfavorable, también dispuso que en caso de haber existido una recaudación adelantada, “los sujetos pasivos de la medida podrán solicitar la devolución del monto pagado; utilizar el valor pagado como crédito tributario de acuerdo a lo prescrito en la normativa vigente; o, en su defecto, acreditar el valor pagado como anticipo voluntario”.

Patricio Alarcón, presidente de la Cámara de Comercio de Quito, aplaudió la resolución de los jueces constitucionales. A su criterio, el Decreto Ejecutivo no ayudaba a solventar el bache fiscal del Estado, pues se esperaba recaudar 280 millones de dólares cuando, según dijo, se requieren 15.000 millones.

“Es positivo (el fallo). No se le quita liquidez al sector productivo”, dijo Alarcón. Al consultarse en el chat institucional del Ministerio de Defensa sobre si la institución habrá un pronunciamiento sobre el fallo, el departamento de Relaciones Públicas indicó en un principio que “pronto se hará un pronunciamiento”.

Sin embargo, horas más tarde direccionaron la inquietud a la Secretaría de Comunicación de la Presidencia, desde donde, hasta el cierre de esta edición, no se emitió ningún comunicado. (FLC)