Excedentes de Empresas Públicas irán directamente a la Cuenta Única del Tesoro

Con el fin de avanzar en la consecución de las metas establecidas en el Plan de Prosperidad y dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Fomento Productivo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), como ente rector de las finanzas públicas, expidió la Norma Técnica para regular la elaboración y aprobación de los presupuestos de las Empresas Públicas (EP) de la Función Ejecutiva.

La normativa, que consta en el Acuerdo Ministerial No. 90, establece que las empresas públicas deberán considerar obligatoriamente las directrices emitidas por el MEF para la elaboración de sus proformas presupuestarias anuales y programaciones cuatrienales.

Además, fortalece el procedimiento para determinar el monto y plazo de entrega de sus recursos excedentes a la caja fiscal y las transferencias que reciban durante la ejecución presupuestaria.

EL DATO
En total, en la función ejecutiva, hay 22 empresas públicas como Petroecuador, Petroamazonas, Tame, entre otras.Asimismo, el acuerdo establece que los gerentes generales de estas empresas deberán estructurar planes de optimización y recuperación de cartera, con el objetivo de mejorar los ingresos de sus presupuestos. Adicionalmente, deberán remitir al MEF informes de su situación financiera, resultados alcanzados, además del detalle de la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos permanentes y no permanentes de los períodos establecidos en el acuerdo.

Las Empresas Públicas podrán contratar nuevas fuentes de financiamiento, siempre y cuando puedan honrar su servicio con recursos propios, caso contrario deberán contar con la autorización del MEF.

Fabián Carrillo, viceministro de Finanzas, resaltó que se busca fortalecer el trabajo de reordenamiento de las empresas públicas, que fue emprendido desde agosto del 2018.

“Así estamos dotando de mayor presencia y control del MEF, como ente rector de las finanzas públicas, en las decisiones presupuestarias de las empresas públicas. Esto ayudará al cumplimiento de los objetivos económicos y sociales del programa del Gobierno Nacional”, destacó.

Entre otros aspectos, la Norma Técnica insiste en que las empresas públicas de la Función Ejecutiva no podrán iniciar la ejecución de su presupuesto sin antes haber suscrito un convenio interinstitucional con el MEF para la transferencia de recursos excedentes a la Cuenta Única del Tesoro Nacional. Además, requerirán del pronunciamiento previo del ente rector de las Finanzas Públicas para modificar estos montos y para realizar reformas a sus presupuestos que involucren entrega de recursos desde el Presupuesto General del Estado. (JS)