Prevaricato

ORLANDO AMORES TERÁN

El nombramiento de la Corte Constitucional, nos llenó de esperanza, después de una década de oprobio. Sin embargo, no han transcurrido seis meses de su funcionamiento y ya tenemos dos reacciones que los desfigura: la primera, no dejar sin efecto las resoluciones de admisibilidad adoptadas por la Corte Constitucional cesada, mientras investigaban sus actuaciones por las que fueron destituidos; la segunda, propiciar el matrimonio «igualitario», en desacato a las normas 67 y 425 de la Constitución vigente que define: «El matrimonio es la unión entre hombre y mujer».

Entendemos que hay que proteger a la familia, como la unión de personas que generan sentimientos de pertenencia, en base a un compromiso de existencia y apoyo recíproco que establece relaciones y dependencia. En este sentido existen 9 tipos de familias: Nucleares: hombre y mujer con uno o más hijos biológicos. Homoparentales: dos padres o madres homosexuales y uno o más hijos. Sin hijos: dos heterosexuales u homosexuales, que no tienen hijos, por decisión o impedimento. Monoparentales: mujeres u hombres solos, con uno o más hijos. Reconstituidas: hijos biológicos del padre e hijos biológicos de la madre, forman una familia, por haberse unido sus padres tras separarse de sus anteriores parejas. Extensas: miembros pertenecientes a distintas generaciones, conviven juntos (padre y madre, sus hijos y el abuelo). Adoptivas: pareja o adulto en solitario con uno o más hijos adoptados. De abuelos: cuando los abuelos cuidan a sus nietos, debido a la ausencia de los padres por trabajo, abandono, muerte, problemas médicos o legales. De acogida: pareja o adulto en solitario decide acoger en su casa a uno o más niños, hasta que encuentren un hogar permanente. Inobjetable que ésta organización social básica hay que proteger, pero reconocer matrimonio entre dos personas del mismo sexo, es una aberración semántica, biológica y jurídica, porque matrimonio deriva de: «mater» y «monium», «calidad de», mujer para ser madre, para multiplicar la especie humana. Por tanto, ésa resolución comporta prevaricato. A Consulta Popular.

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