Santiago Guarderas, Vicealcalde de Yunda

A las 10:30 en punto el alcalde Jorge Yunda instaló la sesión inaugural del Concejo Metropolitano convocada para elegir sus autoridades del período 2019 – 2023.

Con 12 votos, Santiago Guarderas fue elegido como el vicealcalde para el periodo 2019 a 2023 de la Administración Municipal del alcalde Jorge Yunda.

La candidatura de Guarderas fue propuesta por su compañero concejal de las filas de Unión Ecuatoriana, René Bedon. Él justificó esta postulación a nombre de lo que denominó Coalición por Quito, de 4 de los 5 bloques que representan el 60% del Concejo.

Los 12 votos de Guarderas provinieron de Unión Ecuatoriana, el movimiento político de respaldo a Yunda (3 concejales), CREO (2 votos), Izquierda Democrática (4) y Concertación (3). En contra votaron 8 de los 9 de Revolución Ciudadana y además se registró una abstención.

Con esta mayoría de votos por su hombre de confianza, Yunda no usó su voto dirimente.

«Basta de trincheras políticas obstruccionestas», dijo Guarderas luego de pedir a todos los cinco bloques de 21 concejales a concretar acuerdos y agendas de trabajo para «hacer Quito grande otra vez».

En respuesta a esta candidatura, a nombre del bloque de 9 concejales de Revolución Ciudadana, Brith Vaca manifestó su disconformidad y luego propuso para esa dignidad a su compañera Gissela Chalá en reemplazo del postulante inicial Luis Reina.

«Los cuatro bloques podrán representar el 60%, pero con el voto del 43% de los quiteños estamos representados», dijo Vaca.

Para la conducción de esta sesión fue nombrado como Secretario Ad Hoc el concejal reelecto por CREO, Eduardo del Pozo.

Segunda Vicealcaldía

Gissela Chalá de Revolución Ciudadana fue elegida con el voto unánime de los 21 concejales, a los que se sumó el voto del propio Alcalde, como segunda Vicealcalde.

La segunda Vicealcaldía se elige en el Concejo de Quito como una tradición política quiteña y no como una figura legal establecida en la legislación vigente y de sustento de la convocatoria de esta sesión inaugural.

En La Ley Orgánica de Régimen para el Distrito Metropolitano de Quito y en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) solo se establecen 5 atribuciones específicas para el Vicealcalde y no hace referencia a un segundo Vicealcalde.

La primera es subrogar al Alcalde “en caso de ausencia temporal mayor de tres días y durante el tiempo que dure su ausencia”. La segunda, cumplir funciones y responsabilidades delegadas por el Alcalde. La tercera, las funciones de concejal propiamente dicha.

En una cuarta se le prohíbe pronunciarse sobre “la legalidad de sus actos o contratos que hayan ejecutado durante sus funciones como ejecutivo”. Es decir, como delegados e incluso presidente de los directorios de las Empresas Municipales como Emaseo (basura), Epmaps (agua) y Emgirs (residuos).

Una quinta atribución queda abierta a “las demás que prevean la ley, el estatuto de autonomía y las ordenanzas metropolitanas”.