Acción de inconstitucionalidad busca frenar elección de consejeros de participación

DISCUSIÓN. En la sesión del Pleno de la Corte Constitucional se trataron objeciones presidenciales a proyectos de ley.
DISCUSIÓN. En la sesión del Pleno de la Corte Constitucional se trataron objeciones presidenciales a proyectos de ley.

El pedido ingresó a la CC. Se habrían violado derechos a una elección libre e informada.

Una acción de inconstitucionalidad por omisión, en conjunto con un pedido de medidas cautelares, busca que la Corte Constitucional (CC) suspenda la elección de los siete miembros del Consejo de Participación Ciudadana del domingo 24 de marzo.

El recurso fue ingresado el viernes en la CC y deberá ser revisado por los jueces, quienes ayer no se pronunciaron sobre el tema.

La acción, presentada por el abogado Juan Carlos Benalcázar, representado por los juristas Rafael Oyarte e Ismael Quintana, responde a una presunta vulneración de derechos constitucionales, debido a que los ciudadanos deberán elegir a siete personas de entre 43 candidatos, que no han participado en debates y de quienes no se conocen sus propuestas.

El recurso es en contra de una resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE), del 22 de noviembre de 2018, y la omisión de la Asamblea al no iniciar una reforma parcial de la Constitución, que permita una consulta popular para definir si el Consejo de Participación debe continuar existiendo y, de ser así, si debe mantener su potestad nominadora.

Primer argumento
Según el documento de 26 páginas, el CNE está vulnerando el derecho de los ciudadanos de elegir y de ser consultados.

26
páginas tiene el documento presentado.La Constitución establece que el Estado garantizará la promoción electoral y propiciará el debate y la difusión de las propuestas de los candidatos. Sin embargo, “nunca se ha propiciado debate alguno, no se ha puesto en conocimiento de la ciudadanía los programas de cada candidatura”.

Sino, únicamente, se han emitido “‘spots’ cortos, donde los candidatos dicen cualquier cosa, y no se les puede alcanzar a conocer”, explicó Oyarte.

De admitirse el recurso y, por consecuencia, las medidas cautelares, la única forma de que se reanuden las elecciones sería después de que la Asamblea Nacional reforme la Constitución y sea necesaria una consulta popular para que la ciudadanía defina si quiere que el Consejo siga existiendo y estando a cargo de nombrar autoridades de control. (AGO)

Sobre el voto nulo
° Representantes de organizaciones sociales y políticas participaron en un coloquio sobre los alcances del voto nulo en la elección del Consejo de Participación.

Se analizó cuánto valor matemático tiene un voto nulo, tomando en cuenta que son tres papeletas las que recibirá el votante para esa elección en específico. Los participantes manifestaron que es un aspecto que debe ser resuelto por el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE). Andrés Mideros, de la Izquierda Democrática, dijo que la forma de contar estos votos es, entre otras, una de las falencias que se identifican en el Código de la Democracia ya que no hay un procedimiento claro a seguir. Andrés Valdivieso, de Democracia SÍ, manifestó que un hipotético triunfo del voto nulo no significaba la desaparición del Consejo.

Revisión de objeciones presidenciales
° Ayer estaba previsto que los jueces constitucionales trataran tres objeciones presidenciales a proyectos de ley. El primero, en relación al artículo 14 de la Ley del Adulto Mayor, que proponía que las personas mayores de 65 años y con ingresos mensuales estimados en máximo cinco remuneraciones o con un patrimonio que no exceda los 500 salarios, sean exonerado del pago de impuestos. Ese tema ya había sido tratado la anterior semana, pero no hubo resolución.

Las otras dos objeciones presidenciales son a los proyectos de reformas al Código General de Procesos y Orgánica de la Defensoría del Pueblo. Hasta el cierre de esta edición no se conoció el resultado del debate, puesto que la sesión era reservada y continuaba.