Presidentes de cortes provinciales de Ecuador adquieren más funciones

DECISIÓN. El martes, el Pleno del Consejo de la Judicatura, aprobó una resolución sobre las direcciones provinciales.
DECISIÓN. El martes, el Pleno del Consejo de la Judicatura, aprobó una resolución sobre las direcciones provinciales.

Judicatura aprueba resolución que norma a las direcciones en esas jurisdicciones.

Desde esta semana, los presidentes de las Cortes Provinciales se podrán pronunciar sobre los procesos de control disciplinario y traslados de personal que resuelvan los delegados provinciales de la Judicatura, en cumplimiento de sus funciones administrativas.

Los vocales de ese organismo aprobaron el martes la resolución 048A-2018 que norma las funciones de las direcciones provinciales, conformadas por delegados y presidentes de las cortes. El objetivo es que las actividades administrativas y jurisdiccionales que debe cumplir cada uno estén claras, pero que también exista un “trabajo en conjunto”.

“Se le da un papel muy importante al presidente de la Corte Provincial para que pueda estar más cercano en la coordinación institucional y en la identificación de los problemas del área jurisdiccional”, explicó la vocal temporal Angélica Porras.

La resolución ya está en vigencia y establece 11 funciones específicas para los presidentes de Cortes Provinciales y 15 para los delegados, además de los que determine la Ley en ambos casos.

Los cambios
Además de proponer programas de capacitación, otorgar distinciones y actuar como enlace provincial con la Dirección Nacional de la Escuela Judicial, los presidentes de las Cortes Provinciales podrán “elaborar un dictamen no vinculante en los procesos disciplinarios en los que se discutiere la destitución del funcionario sumariado”, el cual deberá ser incorporado en el expediente.

De acuerdo con el exjuez de la Corte Nacional de Justicia, Hernán Ulloa, este cambio “es necesario, pero estrictamente en los procesos disciplinarios”, como cuando un magistrado se presenta tarde a una audiencia o en estado de embriaguez, cuando hay acoso laboral o cuando perciben dinero de manera irregular.

EL DATO
En un plazo de 15 días, desde la aprobación de la resolución, los presidentes de las cortes provinciales deberán presentar un informe de la gestión durante el ejercicio de sus funciones temporales. Pero, “no sería aceptable que se comentan los mismos errores del pasado, que con la cantaleta de un control disciplinario se quiera controlar las decisiones jurisdiccionales de los jueces, porque ahí se termina la independencia judicial”, recalcó.

Por otro lado, los presidentes de las Cortes Provinciales también estarán en la capacidad de presentar un informe mensual de los traslados administrativos ante el Pleno de la Judicatura. Y podrán vetar el nombramiento de funcionarios de libre remoción realizados por el delegado provincial. Para lo cual, deberá motivar su decisión en función a las leyes y reglamentos vigentes.

Todo los cambios, según Porras, “tienen sentido porque anteriormente el delegado tenía total preponderancia en el área jurisdiccional”. (AGO)

Algunas funciones

De los delegados provinciales

° Organizar, dirigir y controlar el cumplimiento de los diferentes procesos de la gestión administrativa, contratación pública, financiera, tecnológica, talento humano y control disciplinario.

° Dirigir al personal mediante el control de bases de datos de jueces suplentes y conjueces, establecer calendarios de vacaciones, informar sobre el cumplimiento de los requisitos legales para la contratación de personal.

° Dirigir el Foro de Abogados.

° Designar el reemplazo de jueces.

° Tramitar los procesos disciplinarios contra funcionarios judiciales, ponerlos en conocimiento del presidente de la corte provincial.

° Aprobar las adquisiciones de bienes.