¿Y las cooperativas?

Jaime Vintimilla

Gracias a la Constitución de Montecristi se incorpora al sistema financiero nacional el sector de la economía popular y solidaria. En el año 2011 se crea la Superintendencia de economía popular y solidaria como organismo de control y regulación.

A la luz de la Ley orgánica de economía popular y solidaria algunas organizaciones indígenas y campesinas se convirtieron en cooperativas. No obstante, en septiembre de 2015 entró a regir el Código orgánico monetario y financiero que, a más de dejar sin efecto la citada ley, mantuvo vigente la figura jurídica de la intervención mediante administrador temporal.

Entre los años 2013 y 2015 el ente de control de la economía popular y solidaria ha liquidado aproximadamente 250 cooperativas y un número similar se encuentra en proceso de liquidación. De este grupo de cooperativas, el 99% pertenecen a los sectores más pobres del país, esto es, a los segmentos 3,4 y 5, lo que ha significado el debilitamiento del sistema cooperativo nacional y fundamentalmente el fracaso de los propósitos constitucionales, que se describen en los artículos 309, 310, 311 y 312 de la Carta Magna, que se resumen en incorporar al plan nacional de desarrollo a los sectores más pobres de la población.

Es importante señalar que el dinero que se maneja en el sector cooperativo dinamiza el sector productivo del país, por cuanto es utilizado, de manera directa, en los sectores agrícola, pecuario, ganadero; en microempresas diversas como calzado, confección de ropa, transporte, etc.

Sin embargo y a pesar de estas realidades incontrastables, la Superintendencia del ramo ha vulnerado, en muchos trámites, el debido proceso para la liquidación forzosa de las cooperativas, ya que ha realizado acciones arbitrarias que han generado un verdadero desequilibrio en la liquidez y solvencia de las cooperativas.

Ahora que se busca nombrar un superintendente de la SEPS resulta importante preguntar las razones por las cuales, para proteger el patrimonio de las cooperativas y los depósitos de los socios, no ha existido intervención previa así como no ha operado designación de administradores temporales en las cooperativas.

Se busca una autoridad que resuelva estos problemas.

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