Presidente Moreno establece normas de austeridad por Decreto

Austeridad. Desde el 1 de septiembre anterior rigen medidas de austeridad en el sector público decretadas por el presidente Lenín Moreno.
Austeridad. Desde el 1 de septiembre anterior rigen medidas de austeridad en el sector público decretadas por el presidente Lenín Moreno.

QUITO

A partir de este uno de septiembre el presidente Moreno tienen un solo documento para cumplir su intención de ahorrar recursos públicos: el decreto ejecutivo 135 que establece normas de «austeridad» que aplicará el Estado ecuatoriano.

Con 31 artículos, cuatro disposiciones transitorias y una final, el primer mandatario ordena a las instituciones públicas «incluidas las Empresas Pública» con excepción de entidades del régimen autónomo descentralizados, es decir Municipio, Prefecturas y Juntas Parroquiales.

El Decreto establece 12 medidas de inmediata aplicación en temas de remuneraciones, viáticos y volumen de personal pero también sobre organización de eventos y contratos de publicidad.

La primera de las medidas, que el propio Moreno lo anunció en cadena de televisión, es la de reducir en un 10% la remuneración a los funcionarios que más ganan (considerados como como grado 2 del nivel jerárquico)

Además dispone la eliminación de las vacantes de todas las instituciones del Estado y pide a Senplades identificar las instituciones que deben ser eliminadas.

El listado de medidas para optimizar el gasto son las siguientes:

  • Las empresas petroleras públicas deberán evaluar las cargas óptimas de sus funcionarios y obreros.
  • Las jornadas suplementarias y extraordinarias del personal sujeto a la Ley Orgánica de Servicio Público serán autorizadas por la máxima autoridad hasta un monto de 30 horas al mes.
  • El Ministerio de Trabajo y la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) identificarán las unidades que deban ser eliminadas.
  • Igualmente se deberá racionalizar los programas públicos.
  • Además, se racionalizará el pago de viáticos por gastos de residencia, los viajes al exterior, la movilización interna, la compra de pasajes y se prohíbe la compra de vehículos, el uso de sirenas y balizas en vehículos oficiales, la realización de eventos públicos y de capacitación en locales privados.
  • Las instituciones públicas de la Función Ejecutiva podrán contratar publicidad previa autorización de la Secretaría Nacional de Comunicación (SECOM).
  • Se dispone la enajenación de los activos inmuebles improductivos de las entidades a la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.
  • Se dispone la reducción de personal asignado a la seguridad de las autoridades.