Candidaturas deben cumplir el debido proceso

DOCUMENTACIÓN. Los candidatos deben de cumplir varios requisitos, antes de inscribirse en el CNE de su competencia.
DOCUMENTACIÓN. Los candidatos deben de cumplir varios requisitos, antes de inscribirse en el CNE de su competencia.

Redacción QUEVEDO

Del 18 de septiembre al 7 de octubre de 2020, los representantes legales de las organizaciones políticas, el procurador común de la alianza electoral o sus respectivos delegados, deberán inscribir las candidaturas, a través del portal web institucional www.cne.gob.ec, o a su vez, entregando la documentación habilitante de manera presencial, ante el órgano electoral.

El artículo 9 del reglamento para la Inscripción y Calificación de Candidaturas de Elección Popular, indica que la solicitud de inscripción deberá estar respaldada con la documentación habilitante. La documentación de respaldo es de estricta responsabilidad de las organizaciones políticas o alianzas.

La presidenta del CNE, Diana Atamaint, explicó que, durante este periodo, las organizaciones políticas solicitan la inscripción de sus candidatos, pero señaló que es el Pleno del Consejo Nacional Electoral o las Juntas Electorales Provinciales y del Exterior, quienes aceptan o rechazan esa inscripción.

La decisión se toma tras el análisis de un informe técnico jurídico por parte de las áreas competentes. La titular del órgano electoral precisó que esas decisiones pueden ser apeladas ante el Tribunal Contencioso Electoral.

Las candidaturas se considerarán inscritas de forma oficial únicamente luego de la resolución en firme que las califique, que constituye el acto por el cual el órgano electoral competente acepta su inscripción.