22 años de cárcel por supuestamente violar a su hijastra

Sentencia a sujeto por que habría abusado de su hijastra.
DECISIÓN. Tribunal de Garantías Penales dictó sentencia condenatoria de veintidós años de pena privativa de libertad, al supuesto violador.

El Tribunal de Garantías Penales, tras la presentación de pruebas durante la audiencia, dictó una sentencia condenatoria de veintidós años de pena privativa de libertad contra Miguel B., quien fue declarado culpable de la violación perpetrada contra su hijastra. La víctima habría sido una menor de 6 años, a la fecha de ocurridos los hechos, en el cantón Baba. Además, dispuso el pago de una multa y un monto de reparación integral a la víctima, que serán precisados en la sentencia escrita.

El hecho se habría suscitado en julio de 2021, en el hogar que la víctima compartía con su madre y otros dos menores de edad, sus abuelos y su padrastro. Aunque la niña había informado a su progenitora sobre la agresión sufrida, ella no le habría dado importancia. Sin embargo, uno de sus tíos paternos, que se había comprometido a retirarla para que cumpla con el régimen de visitas que tenía el progenitor, escuchó el relato y le creyó.

Tras la colocación de la denuncia por parte del padre de la víctima en la Fiscalía General del Estado, se inició con la investigación respectiva.

Durante la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó, entre las pruebas de cargo: los informes de valoración psicológica, el informe investigativo y los resultados de las valoraciones física y psicológica practicadas a la niña, que determinaron la materialidad de la infracción. Además, se receptaron los testimonios de varios familiares, entre ellos, el tío y el padre de la menor, y se reprodujo el testimonio anticipado de la víctima, en el que reconoce a su agresor e indica que el hecho se produjo en dos ocasiones.

Las pruebas fueron analizadas en su conjunto, y el Tribunal que acogió el pedido de la Fiscalía dictó la sentencia máxima contemplada para este delito.

Información jurídica
El delito de violación se encuentra tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La sanción estipulada para esta infracción es de diecinueve a veintidós años de pena privativa de libertad.