A la espera del dictamen sobre uso progresivo de la fuerza militar

ACCIÓN. Durante la pandemia, los militares han ayudado en el control de la ciudadanía.
ACCIÓN. Durante la pandemia, los militares han ayudado en el control de la ciudadanía.

Voces que defienden el Acuerdo 179 aseguran que esto se aplicaría únicamente tras el decreto del estado de excepción.

Una reforma legal a la Constitución se necesitaría para que entre en vigencia el Acuerdo Ministerial 179, con el que se emitió el Reglamento del Uso Progresivo, Racional y Diferenciado de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas, según representantes de organizaciones de Derechos Humanos.

Cinco demandas de inconstitucionalidad se ventilan en la Corte Constitucional por las supuestas violaciones a estas garantías que acarrearía esta normativa, impulsada desde el Ministerio de Defensa.

Según la parte demandante, el Acuerdo Ministerial 179 requeriría una modificación del rol constitucional asignado a las Fuerzas Armadas para garantizar la seguridad del territorio, cuando es competencia de la Policía Nacional velar por el orden interno.

“Se pretende institucionalizar la pena de muerte en el momento en que se autoriza a las Fuerzas Armadas a hacer uso de las armas letales”, dijo Paúl Jácome, uno de los activistas de Derechos Humanos demandantes.

Casos excepcionales

Para el exdirector general de Inteligencia, Mario Pazmiño, dicho planteamiento recae en el desconocimiento de la norma.

El experto explicó que la aplicación de los cinco niveles en el uso progresivo de la fuerza solo se aplicaría ante un estado de excepción decretado por el Presidente de la República y obedecería respondiendo también los grados de convulsión en la resistencia social.

No obstante, Jácome cree que aún en estas circunstancias la intervención militar sería fatal, pues miembros de filas militares no tienen un adoctrinamiento de prevención, sino de aniquilación.

“Pensamos que se quiere implementar un sistema de autoritarismo para prepararse a posibles consecuencias sociales que puedan acarrear la crisis económica”, comentó Jácome.

Agregó que los colectivos esperan que el dictamen de la Corte Constitucional les sea favorable para, según indicó, que se garantice el derecho a la protesta, a la vida, a la libertad de expresión y de organización que, a su juicio, estarían amenazados con Acuerdo Ministerial 179.

Pazmiño no coincide con aquello. Él aseguró que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son entes garantes de los derechos ciudadanos, entre ellos su seguridad. Sin embargo, agregó, esto no se puede cumplir si no existe un respaldo institucional.

Además, explicó que antes de una intervención militar deben configurarse tres escenarios: que exista una gravísima alteración del orden público, la declaratoria del estado de excepción y que la agitación social haya rebasado la capacidad de control de la Policía Nacional, citando como ejemplo los hechos de violencia registrados en octubre pasado en el paro nacional.

Proceso en marcha

El lunes pasado, los jueces de la Corte Constitucional escucharon los argumentos de las partes, tanto los referentes a las demandas de inconstitucionalidad como los que legitimaron el Acuerdo 179.

El máximo organismo de control constitucional deberá en los próximos días emitir su dictamen que puede ser favorable al Ministerio de Defensa o a los demandantes. (FLC)

El Acuerdo Ministerial 179 entró en vigencia con su publicación en el registro Oficial del 29 de mayo.