La audiencia preparatoria de juicio por una muerte culposa se suspendió por el feriado de la Fundación de Loja, aún no hay fecha

Tragedia. El accidente ocurrió la madrugada del martes 11 de septiembre de 2018.
Tragedia. El accidente ocurrió la madrugada del martes 11 de septiembre de 2018.

La audiencia de formulación de cargos se realizó en una casa de salud.

Aún el Tribunal de Garantías Penales de la Corte de Justicia de Loja no fija el día y la hora para la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio de Jennifer M. C., acusada del presunto delito de muerte culposa, estipulado en el Art. 377, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Ella, de 33 años de edad, se involucró en el accidente de tránsito ocurrido la madrugada del martes 11 de septiembre de 2018, a eso de las 00:15, en la intersección de las calles Juan José Peña y Mercadillo, ubicadas al suroccidente de la localidad, en donde fallece Sofía J. S.

Difieren audiencia

La diligencia iba a realizarse el último viernes, mas de acuerdo al Decreto Presidencial de que ese día sea feriado debido a la celebración de los 470 años de la Fundación de Loja la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio se pospuso para una fecha posterior.

Supuestamente Jennifer M. C. conducía el vehículo en el cual fallece Sofía J. S., de 26 años de edad, y circulaba por la calle Mercadillo, de occidente a oriente, y no habría cedido el derecho preferente de vía al vehículo que en ese momento circulaba por la calle Juan José Peña.

Medidas cautelares

La audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos se realizó ese día, a las 16:30, en la Sala de Emergencias de una casa de salud de la localidad, a donde se llevó a Jennifer M. C., por las heridas que ella tenía, producto del accidente de tránsito.

La audiencia duró una hora en donde la jueza notificó a Jennifer M. C. y a, Alex E. L., conductor del otro vehículo, con el inicio de la instrucción fiscal y las medidas cautelar personal y real dictadas a ellos. La magistrada ordenó la libertad de ella y de él cuando se recuperen de las heridas. (NAZ)

Muerte culposa, Art. 377

La persona que ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas por infringir un deber objetivo de cuidado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años, suspensión de la licencia de conducir por seis meses una vez cumplida la pena privativa de libertad.

Serán sancionados de tres a cinco años, cuando el resultado dañoso es producto de acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas, tales como:

1. Exceso de velocidad.

2. Conocimiento de las malas condiciones mecánicas del vehículo.

3. Llantas lisas y desgastadas.

4. Haber conducido el vehículo más allá de las horas permitidas por la ley o malas condiciones físicas de la o el conductor.

5. Inobservancia de leyes, reglamentos, regulaciones técnicas u órdenes legítimas de las autoridades o agentes de tránsito

EL DATO

El martes 11 de diciembre se cumplen tres meses del fatídico percance.