Fotorradares en Loja dejaron de operar hace 15 meses

SITUACIÓN. Loja ya no tiene fotorradares operando desde mayo de 2020.

Multas siguen cobrándose, pero pueden ser impugnadas. UCOT controla.

En la ciudad de Loja, las multas por exceso de velocidad captadas por fotorradares y otras, desde los años 2016, 2017 y 2019 continúan cobrándose por parte de la municipalidad, pese a haber existido una Acción de Protección en marzo de 2019. Sin embargo, desde febrero del 2020 hay una ordenanza que regula y controla los límites, al igual que los cobros, pero sin fotorradares.

En Loja los cinco fotorradares que fueron ubicados en el 2015 ya no están operativos desde mayo de 2020, debido a que concluyó el contrato con la empresa Safety. Incluso los equipos fueron retirados por la empresa hace algunos meses, ahora los controles de velocidad desde hace 15 meses se realizan por medio de la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT), amparados en la ordenanza que regula y controla los límites de velocidad de los automotores que circulan por las vías del cantón.

Hugo Álvarez Tacuri, director de la Unidad de Tránsito Municipal, manifestó que en Loja desde hace 15 meses no hay fotorradares, los que antes había fueron retirados desde mayo 2020, solo queda la infraestructura. Lo único que existe en estas zonas es la señalética horizontal y vertical que informa de los rangos de velocidad, y los rompe velocidades (tachas).

Indicó que quienes no conocen, aún en estas zonas siguen bajando la velocidad para no ser multados, pero esto es positivo, por ejemplo, en la Avenida 8 de Diciembre los índices de accidentes de tránsito han bajado considerablemente. “La señalética continúa para educar a los conductores, en estas avenidas el rango de velocidad es de 30, 40 y 50 kilómetros por hora, lo máximo. Por ahora no está planificado continuar con la ubicación de los dispositivos, el control lo realizan la UCOT, sumado a los reductores de velocidades”, dijo.

Finalizó que las multas represadas del 2016, 2017 y hasta el 2019 continúan cobrándose de manera regular, aunque pueden ser impugnadas, porque existió una Acción de Protección en el 2019.

José Andrés Valarezo, abogado en libre ejercicio de su profesión, manifestó que los cobros de las fotomultas continúan vigentes, algunas han sido subidas incluso después de haber sido impugnadas y dadas de baja. “Por lo tanto, los ciudadanos están nuevamente impugnando vía judicial, porque en el 2019 se declaró inconstitucional y podían ser dadas de baja por un Juez. Mientras que desde el 2020 ya es legal, porque hay una ordenanza del Municipio de Loja, que controla y regula los límites”, aclaró.

Para el analista jurídico, Rómulo Montaño, el Artículo 238 del reglamento general para la aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, regula la notificación de las contravenciones de tránsito detectadas a través de medios o herramientas tecnológicas como fotorradares, donde no se determina la identidad del conductor, es decir, es inconstitucional, porque al momento de cometer la infracción no es notificada en debida forma.

Según el Artículo 55, numeral 3, inciso 1 del Código Orgánico General de Procesos, habla de la citación telemática por correo electrónico, que consiste en el envío de boletas de citación al demandado, con la respectiva demanda o petición de la diligencia preparatoria, y de no cumplirse con estos parámetros, la multa es nula, tal como ha pasado en Loja, varias personas multadas, pero nunca fueron notificadas, por lo tanto, es inconstitucional, y deben ser impugnadas con el asesoramiento de un jurista.

 

EL DATO

Fotorradares en Loja no funcionan desde hace 15 meses, pero las fotomultas de años anteriores siguen cobrándose.

 

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