Cárceles en Ecuador: ¿Se puede hablar de rehabilitación?

Cárceles en Ecuador: ¿Se puede hablar de rehabilitación?
Las rivalidades entre grupos delictivos ocasionan graves disturbios dentro y fuera de las prisiones.

El Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social admite seis ejes de tratamiento dentro de las prisiones.

La situación carcelaria en Ecuador es preocupante. En lo que va del 2021, más de 320 personas han sido asesinadas en disturbios ocurridos dentro de las prisiones, siendo el de la Penitenciaría del Litoral el más reciente.

Pablo Punín, abogado, magíster en Criminología y Ejecución Penal, y coordinador del Observatorio de Criminología, Política Criminal y Ejecución Penal, menciona que las actuales falencias en el sistema carcelario son el resultado de una errónea gestión realizada por autoridades en décadas pasadas. Explica que a nivel del Estado se ha adoptado un modelo represivo que reforma las leyes penales, a fin de extender las condenas de las personas privadas de la libertad (PPL), apuntando a una posible rehabilitación. A su criterio, esta no es una medida acertada, debido a que los últimos acontecimientos registrados en las prisiones demuestran lo contrario: “los hechos ocurridos recientemente dejan en evidencia que no hay una solución al problema, porque tenemos más individuos encarcelados que presentan necesidades básicas de alimentación, salud y seguridad”.

PROFESIONAL. Pablo Punín, magíster en Criminología y Ejecución Penal.

Destaca que al tener un sistema con un modelo represivo no se logran los objetivos, por lo que se podría hablar de un sistema fallido que debe ser completamente reestructurado.

¿Se cumplen los ejes de tratamiento?

El Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social, aprobado en 2020, admite seis ejes de tratamiento para quienes formen parte del régimen cerrado: Laboral, Educación, Cultura, Deporte, Salud, Vinculación social y familiar.

Según el artículo 179 de este reglamento, el tratamiento “es la ejecución del plan individualizado de la pena, orientado a superar las causas que influyeron en el cometimiento del delito, procurando el desarrollo de habilidades, competencias y destrezas que permitan la convivencia en el centro, la rehabilitación y reinserción social”.

A continuación, se presenta de forma resumida los artículos que contemplan los ejes de tratamiento:

Artículo 186. Eje laboral.- Será ejecutado mediante actividades, laborales, ocupacionales y productivas y de servicios con el fin de desarrollar capacidades, habilidades y destrezas de carácter artesanal, intelectual, manufacturero o producción en planes, programas y proyectos, que promuevan la formación y capacitación de los PPL.

Artículo 198. Eje educativo.- La entidad rectora del sistema nacional de educación es la responsable de la implementación y ejecución de los procesos formativos en los centros de privación de libertad a nivel nacional, de conformidad con lo establecido en el modelo de gestión en contexto de privación de libertad que corresponda.

Artículo 207. Eje cultural.- Tiene como objeto incorporar el arte y la cultura como parte de un plan integral en la rehabilitación y reinserción social de las personas privadas de libertad.

Artículo 211. Eje deportivo.- La política pública deportiva en los centros de privación de libertad, se ejecutará conjuntamente por el ente rector del deporte, educación física y recreación y la entidad encargada del Sistema Nacional de Rehabilitación Social.

Artículo 215. Eje de salud.- La política pública de salud integral en los centros de privación de libertad la define el ente rector de salud que es el responsable de desarrollar y ejecutar los planes, programas, proyectos y actividades de promoción, prevención y tratamiento de la salud integral de las personas privadas de libertad.

Artículo 228. Eje de vinculación familiar y social.- El objetivo es fortalecer y mantener el vínculo familiar y social de las personas privadas de libertad. Para el efecto, se definirán y ejecutarán políticas, estrategias, planes, programas, proyectos y servicios de calidad y calidez en el contexto de privación de libertad.

Punín manifiesta que este Reglamento no se está cumpliendo, porque la situación carcelaria que enfrenta el Ecuador es desalentadora. Destaca que se podría mejorar el sistema evitando que más personas ingresen a prisión, para lo cual es importante el fiel cumplimiento de la ley: “tenemos principios consagrados que nos dicen que el uso de del Derecho Penal debería ser una última instancia, y que tenemos otras formas de resolver los conflictos. Considero que partiendo de este punto se puede generar un cambio para oxigenar los sistemas”, señala.

Prevenir antes que corregir

Las medidas preventivas ayudan a contrarrestar las problemáticas que aquejan a la sociedad en el campo de seguridad. Es necesario que las instituciones y organismos competentes, implementen estrategias dirigidas a los sectores desatendidos, a fin de capacitar, fomentar valores y concienciar a la ciudadanía sobre las buenas prácticas humanas. Con este planteamiento, bien estructurado, se podrían controlar los índices de violencia y evitar más muertes en las calles del país.

El profesional del Derecho enfatiza que en la mayoría de las ocasiones se toman acciones reactivas, sin embargo, recalca la importancia de destinar recursos para atender el problema desde la raíz.

¿La repatriación de los PPL de Colombia y la reapertura de la cárcel La Roca, suman puntos a favor?

La repatriación de 170 privados de la libertad colombianos desde Ecuador es uno de los acuerdos a los que llegaron el presidente Guillermo Lasso y su homólogo del vecino país, Iván Duque, en una reunión realizada en el Palacio de Carondelet el pasado 21 de noviembre.

Según Pablo, esta medida puede oxigenar las prisiones ecuatorianas, debido a que el número de presos decrece ligeramente. Asimismo, cree relevante que las autoridades aceleren el proceso de liberación de quienes ya cumplen con los requisitos para hacerlo.

Con respecto a la reapertura de la cárcel La Roca, Fausto Cobo, director encargado del Servicio Nacional de Atención de Personas Privadas de Libertad (SNAI), manifestó que ya se encuentra habilitada la parte baja de la prisión para ubicar a 100 reos, considerados de alta peligrosidad. Esta estrategia pretende evitar nuevas masacres, no obstante, Punín dice que, en caso de originarse nuevos enfrentamientos internos, podrían ser más complicados de controlar.

ACTIVIDAD. Reunión del Observatorio de Criminología con autoridades de la Defensoría.

¿Es viable la libre portación de armas?

La alcaldesa de Guayaquil, Cynthia Viteri, entregó en octubre el proyecto de Ley por la Vida y Protección Ciudadana al presidente Guillermo Lasso, que plantea entre otros puntos el libre porte de armas a las personas.

Punín explica que este planteamiento no es viable en sociedad con niveles considerables de seguridad como Ecuador: “este sería un error total, además, está comprobado que el libre porte no reduce los índices de criminalidad”, finaliza.

 

TOME NOTA

La corrupción en el sistema carcelario motiva los enfrentamientos entre reos.

EL DATO

Más de 320 PPL han muerto en lo que van del 2021.

EXTRACTO

“En cualquier medida que se tome es importante invitar al diálogo para lograr consensos que beneficien al país”