La amnistía desvaloriza la lucha social de conciencia

La amnistía desvaloriza la lucha social de conciencia
ASAMBLEA. Concedió a 268 personas la amnistía. Eran casi las cuatro de la madrugada del 10 de marzo de 2022. Y al amanecer se iniciaron los cuestionamientos.

La publicación de la resolución legislativa se realizó el 15 de marzo pasado en el Tercer Suplemento del Registro Oficial N.° 021, donde consta el listado de 268 personas procesadas en 60 causas judiciales por 22 delitos.

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“Con la resolución de la Asamblea Nacional de otorgar la amnistía a 268 personas, es evidente que no existió una distinción de la amnistía, más bien, se ha homologado y se  ha beneficiado tanto a luchadores sociales que sí existen en nuestro país y a aquellas personas que han generado violencia y uso desproporcionado de la violencia, como los hechos de octubre de 2019”, manifiesta Alfredo Espinosa, analista en temas de comunicación, política y elecciones.

El pasado 10 de marzo de 2022, la Asamblea con 99 votos afirmativos, 16 negativos y 10 abstenciones, otorgó la amnistía a 60 personas que pertenecen al caso ‘judicializados por ejercer el derecho a la resistencia y protesta social de octubre 2019’; a 153 personas ‘defensores de los territorios comunitarios’; a 12 personas sobre ‘administración de justicia indígena’; y, a 43 personas ‘defensores de la naturaleza’.

Alfredo Espinosa señala que al no existir una distinción de la lucha social que se viene dando por años, con los “actos violentos de grupos de ciudadanos entrenados plenamente en combate de guerras de guerrillas y que sembraron el terror en Quito, demuestra que confunden la institucionalidad de la Amnistía”.

“Esta falta de distinción entre aquellas personas que luchan por años y los que usufructúan para cometer sus actos delincuenciales, sí genera un problema, porque se desvaloriza la lucha y las expresiones de sana protesta social, la misma que está contemplada en la constitución, la misma que tiene una alta dosis del chavismo y que fue elaborada por un grupo de asesores de podemos de España”, puntualiza.

Nace jurisprudencia

Con esta resolución de la Asamblea Legislativa, se sienta una jurisprudencia para el país y esto va a generar, que en el mañana frente a nuevos conatos de conciencia, apelen al uso de la amnistía, reflexiona Alfredo Espinosa.

“Esto es un gran error para la democracia, el haber consolidado este tipo de expresiones políticas, al amparo del llamado del perdón y olvido de la pacificación social o la reconciliación social. Solo en un país como Ecuador con una institucionalidad prácticamente descompuesta y legisladores que se ufanan de su genética antidemocrática, se podría consentir este pronunciamiento de la mayoría de asambleístas”, comenta Alfredo Espinosa.

Ahora -dice- el mensaje que la Asamblea Nacional entrega al país y a la ciudadanía ‘es demencial’, quien quiera utilizar la violencia como medio para generar caos, destrucción, zozobra, intentos de golpismo, ultraje a mujeres, quema de edificios, amenazas de suspensión de servicios básicos, obstrucción de oleoductos y demás hechos con notorias connotaciones delincuenciales; quedarán impunes al amparo de una retorcida interpretación del derecho a la resistencia, consagrado en la Constitución de la República.

VIOLENCIA. Entre los amnistiados hay cabezas visibles como Marlon Santi, Leonidas Iza, Jaime Vargas, Paola Pabón y Virgilio Hernández.

No hubo análisis jurídico

El coordinador general de Asesoría Jurídica y Procurador Judicial de la Asamblea Nacional, Santiago Salazar, dijo “esto es cosa juzgada”, la amnistía es una facultad extraordinaria de la Asamblea Nacional, prevista en los artículos 120, numeral 13 de la Constitución, 96 y siguientes de la LOFL, señaló.

Santiago Salazar no ha leído bien el Art. 120 numeral 13 sobre delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, en su parte pertinente dice: “…no se concederán por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas y de conciencia”, articulado que guarda relación con el Art. 9 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa sobre el particular.

Fe de erratas a la resolución

La resolución de la Asamblea, ya se publicó en el Tercer Suplemento del Registro Oficial Nr. 21 del 15 de marzo de 2022, es decir, a los tres días de haber sido aprobado por el legislativo, pero lo que se ha detectado es: 43 errores en los nombres, números de cédulas y de causas; y, omisión de dos beneficiarios. Todo eso se pretende corregir con una fe de erratas.

La mala redacción y puntuación de la Comisión de Garantías Constitucionales de la Asamblea Legislativa y con la corrección de errores, el número de amnistiados por la Asamblea Nacional subiría a 270 personas.

Mario Ruiz Jácome, proponente de la moción, remitió una fe de erratas a la secretaría de la Asamblea Nacional para corregir los errores detectados en el documento que aprobó el Legislativo, con 99 votos, el pasado 10 de marzo.

La matriz de la fe de erratas de la resolución que concede amnistías aprobadas por el pleno de la Asamblea determina que se cometieron siete errores en las causas relacionadas con la judicialización por ejercer el derecho a la resistencia y protesta social.

El presidente de la Comisión de Garantías Constitucionales, José Cabascango, deslindó responsabilidad en los errores, pues dijo que es un tema que tendrá que responder el asambleísta ponente de la resolución, en este caso, el legislador Ruiz Jácome, porque el informe de la mesa está claramente sustentado tanto jurídica como técnicamente.

 

EXTRACTO:

“La amnistía es un rotundo agravio a los afectados por los brotes de violencia e inseguridad que vivió el país en las jornadas de octubre de 2019” – Alfredo Espinosa.