Fiestas ilegales se controlarán en Ibarra a través de una ordenanza

Referencia. En inmuebles públicos o privados se sancionarán las fiestas que no cumplan aforos ni horarios establecidos en normas nacionales o locales.
Referencia. En inmuebles públicos o privados se sancionarán las fiestas que no cumplan aforos ni horarios establecidos en normas nacionales o locales.

La normativa legal ya pasó por los dos debates en el Concejo municipal, por lo que está lista para entrar en vigencia.

Redacción IBARRA

Con $800 de multa, lo equivalente a dos salarios básicos unificados, se sancionará a quienes organicen fiestas clandestinas en Ibarra. Según la ordenanza, que ya pasó el segundo debate y tiene aprobación final, quienes asistan a este tipo de eventos también serán multados con $40 dólares y ocho horas de trabajo comunitario.

César Escobar, director de Seguridad Ciudadana del Municipio de Ibarra, explicó que lo que se pretende es sancionar, desde la competencia municipal, a través del uso de suelo y control de ruido, poniendo una prohibición para estas fiestas.

Para el funcionario, este tipo de celebraciones traen consigo otras problemáticas ciudadanas, que esperan controlar en la capital imbabureña. “Traen descontrol. El descontrol trae inseguridad, insalubridad. Ahora está el tema de bioseguridad. Entonces esperamos que en Ibarra, a través de estas leyes, se pueda eliminar el tema clandestino”.

En el segundo debate de la ordenanza, en el Concejo Municipal se expuso que en los operativos que ejecuta la Dirección de Seguridad Ciudadana, en coordinación con otras instituciones con competencia en el control del orden público, se ha detectado que existen fiestas privadas, donde no se cumplen las normas de bioseguridad.

“Son organizadas en viviendas y en otros lugares similares, donde se encuentran gran cantidad de personas aglomeradas, quienes irrespetan las normas de bioseguridad al no utilizar las mascarillas de protección, no se cumple el distanciamiento social, ni la utilización de alcohol o gel desinfectante”, se detalló, como parte de los motivos para crear la ordenanza.

Lucía Posso, concejal de Ibarra, explicó que este tipo de reuniones no se podrían llamar clandestinas, sino ilegales, “porque se difunden a través de las redes sociales, de Whatsapp, con el objetivo de que los entes de control no se enteren”.

Más allá de la pandemia

La normativa no regirá únicamente para época de pandemia o emergencia sanitaria. Se sustenta su aplicación posterior “ya que las actividades determinadas en esta norma causan malestar a la ciudadanía en general, alterando el orden público y vulnerando derechos consagrados en la Constitución en beneficio del bien común”.

Según las estadísticas que manejan los organismos de seguridad municipales, en Ibarra la pandemia y el estado de emergencia ha hecho que se visibilicen las fiestas ilegales o clandestinas, conocidas popularmente como “caídas”.

Algo que también preocupa a las autoridades es la presencia de menores de edad en estado etílico y en algunos casos bajo efectos de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

“De acuerdo a la estadística obtenida a través de las llamadas realizadas al ECU-911, denunciando éste tipo de eventos, se observa que desde el 12 de marzo de 2020, hasta junio de 2021 hay un total de 1.135 alertas por fiestas clandestinas en Ibarra, con una tendencia ascendente, mientras que antes de la pandemia no existe un registro de este tipo de actividades”, resaltaron las autoridades en la ordenanza.

Lista para ser aplicada

Luego de que el tema se debatiera en sesión de Concejo, el cuerpo normativo denominado “Ordenanza que regula las reuniones o fiestas ilegales en inmuebles públicos o privados del cantón Ibarra”, se aprobó con 10 votos.

La nueva ordenanza, que se encuentra publicada en el sistema digital municipal, consta de 16 artículos, una disposición general y cuatro disposiciones transitorias.

Entre las transitorias, se menciona que la Dirección de Participación Ciudadana y la Dirección de Comunicación Social del Municipio serán responsables de la socialización de la ordenanza, de manera fundamental con los Consejos Parroquiales y presidentes de barrios.

Sanciones y prohibiciones en los artículos

La violación a la prohibición de reuniones o fiestas ilegales dentro de inmuebles públicos y privados abiertos o cerrados, generará una sanción de dos salarios básicos unificados ($800), si es primera vez. Si es reincidente la sanción será de cuatro salarios básicos unificados  ($1.600).

Si se trata de un local comercial, sala de evento u otro similar, además de la sanción económica, será suspendido en primera instancia por 30 días. Y si existe reincidencia se sancionará  con 60 días o clausura definitiva.

Los asistentes mayores de edad deberán cancelar una multa del 10% de un salario básico unificado y ocho horas de trabajo comunitario.

Los asistentes menores de edad deberán ser entregados bajo los procedimientos de ley a la Dinapen.

Cuando la infracción se cometa por un menor de 18 años, se remitirá el expediente a la Junta Cantonal de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia.
En caso de reincidencia, se impondrá el doble de las multas económicas. De igual forma se duplicarán las horas de servicio comunitario.
El Municipio de Ibarra implementará tres programas anuales de “talleres para padres”, a los que deberán acudir los representantes de menores encontrados en las fiestas.