Valores de pensiones para los adultos mayores

El MIES expidió la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas 2022 destinadas en beneficio a las personas de la tercera edad
Con los valores se pretende garantizar los derechos de las personas adultas mayores, población vulnerable y el sector prioritario. En vista que el incremento del salario básico a 425 modifica los valores en los rangos de los 6 niveles de la tabla.

Situación

Durante el presente año se actualizaron los valores como un derecho de protección económica destinado a quienes carecen de medios y recursos para su subsistencia o de aquellas que por su condición física o mental, no pueden subsistir por sus propios medios.
El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) expone los rubros acorde al Acuerdo Ministerial Nro. 021 con fecha 11 de abril de 2022, que contempla un modelo de protección económica fundamentado en la cobertura de necesidades para la subsistencia, con enfoque socio sanitario, que promueve la responsabilidad de la familia.

Es un derecho de protección económica destinado a quienes carecen de medios para subsistir

Valores

Las juezas y jueces de la familia, niñez y adolescencia establecieron el monto de la pensión de alimentos mínima que puede solicitar en este caso el demandante.
El enfoque de la tabla se basa en la responsabilidad compartida por el cuidado y protección de la persona adulta mayor. Los hijos e hijas, hasta nietos, son quienes, en primera instancia, deben dar cobertura a la pensión alimentaria. El derecho se amplía al cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad si el juez considera aplicar una medida de protección.
El cálculo de la pensión se realiza con base al salario básico unificado 2022, establecido por el Ministerio de Trabajo, la inflación anual acumulada y acorde a los indicadores económicos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. Por ejemplo, si el alimentante gana 830 dólares tendría que pagar a la persona adulta mayor 242,86 dólares (29,26% del ingreso) por concepto de pensión alimenticia; adicionalmente, deberá pagar 52,61 dólares (12,85% del SBU vigente) si la persona adulta mayor posee discapacidad de grado muy grave; 43.10 dólares (10,14% del SBU vigente) si la discapacidad es grave; y 35.32 dólares (8,83% del SBU vigente) si es moderada.
La tabla entró en vigencia a partir de un Acuerdo Ministerial emitido por el gobierno actual y está compuesta por 6 niveles, que determina el porcentaje que deberán pagar los alimentantes de acuerdo a sus ingresos y al número de personas adultas mayores.

Recuadro
Valores pensión alimenticia

-La persona de su SBU debe pagar el 29,26% como pensión mínima
-El ciudadano debe aportar aparte con 12.85% del SBU si el adulto mayor tiene discapacidad
-A mayor sueldo reciba el ciudadano mayor incremento de pensión alimenticia

EL DATO
La pensión busca dar prioridad a los adultos mayores
PARA SABER
El cálculo de la pensión se realiza con base al salario básico unificado 2022