Alcalde de Eloy Alfaro con boleta de apremio

El juez Multicompetente del cantón San Lorenzo, con jurisdicción en Eloy Alfaro, Luis Cevallos Vintimilla, dictó una boleta de apremio contra el alcalde de Eloy Alfaro, Francisco Castro Ayoví, por la cantidad 29.805.25 dólares por concepto de no pago de pensiones alimenticias.

Esa cantidad, equivale a 26 pensiones vencidas, por lo que según el Juez, se le aplicó el artículo 137 del Código General del Proceso y el artículo 22 de la Ley reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia.

El apremio se establece de ocho a 30 días, a fin de que cumpla con el pago de las pensiones alimenticias adeudadas, que se contará a partir de la aprehensión efectiva del demandado.

Descargos

El apremio sería levantado si el deudor cancela la totalidad de la deuda y según establece el artículo 139 numeral 3 de Código General de Procesos la orden de apremio cesará 30 días después de la emisión de la providencia y si no cancela, el Juez podrá emitir una nueva orden.

En un comunicado público del Alcalde aclara que lo ocurrido es un error. “El error se origina porque la tesorera debía hacer la transferencia y el financiero informar al Juez, situación que no se cumplió según la disposición, pues la transferencia se hacía a la cuenta bancaria personal de la señora (demandante) quien según en el escrito presentado al Juez, la accionante reconoció esa veracidad en la audiencia del 17 de enero del 2018”.

Agrega el texto que “sobre la orden de apremio ya se presentó el descargo al juzgado”. Al revisar el proceso en la página oficial de la Judicatura, se deja en evidencia que el burgomaestre presentó el escrito un días después de la emisión de la boleta o sea el 18 de enero, pero desde ayer, se da tres días para notificar a la demandante lo que se resuelva en derecho en base al texto. (FHI-MGQ)