Denuncia de asambleísta obtiene resultados para usuarios de la EAPA

DENUNCIA. En rueda de prensa, la asambleísta Rina Campaín, explicó a la prensa sobre los artículos violentados de la Constitución y la Ley del Consumir.
DENUNCIA. En rueda de prensa, la asambleísta Rina Campaín, explicó a la prensa sobre los artículos violentados de la Constitución y la Ley del Consumir.

El lunes pasado la asambleísta esmeraldeña Rina Campaín, presentó un reclamo ante el delegado provincial de la Defensoría el Pueblo en Esmeraldas, Douglas Quintero, por lo que ella considera una vulneración e inobservancia de los derechos fundamentales del consumidor referente al servicio que presta la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado (EAPA) San Mateo.

Un día después el Concejo Cantonal del Gobierno Municipal de Esmeraldas en pleno, resolvió interponer una Acción de Protección por el mismo tema y conminó a los administradores de la Empresa de Agua a suspender el cobro de las planillas.

El miércoles, el presidente ejecutivo de la EAPA-San Mateo, Álvaro Calderón, dispuso que se suspenda temporalmente el cobro acumulado de las planillas hasta reunirse con los personeros municipales y determinar otra medida.

Rindió sus frutos

La asambleísta Rina Campaín dijo que lo denunciado ante la Defensoría del Pueblo tiene sus fundamentos legales, porque se estaría violentando la Constitución y la Ley de Consumidor.

La legisladora expresó que gracias a su denuncia el Concejo Cantonal efectuó una reunión extraordinaria para aprobar la resolución de interponer la Acción de Protección ante la medida tomada por la EPA-San Mateo.

Explicó que se ha violentado el artículo 215 de la vigente Constitución de la República que otorga a la Defensoría del Pueblo como funciones, la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador.

Asimismo, la asambleísta afirma que el artículo 52 señala que las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como una información precisa y no engañosa sobre su contendió y características.

Cumplimento obligatorio

“Igualmente se incumple con los artículos 4, 18 32, 37, 38, 39, 40, 55, 75, 77 y 78 de la Ley del Consumidor, por lo que estoy solicitando que se emitan las medidas de cumplimento obligatorio con el servicio de agua potable”, expresó Campaín.

Mientras tanto, en la Defensoría del Pueblo se anunció que el Delegado había asistido a una reunión con los personeros de la EAPA-San Mateo para tratar el tema y dar una respuesta de la queja de la asambleísta Rina Campaín. (FHI)