Mesa de trabajo para dar a conocer los impactos de la extracción minera

ANÁLISIS. Organizaciones afroecuatorianas e indígenas mantuvieron una reunión de trabajo para tratar las afectaciones por la minería ilegal.
ANÁLISIS. Organizaciones afroecuatorianas e indígenas mantuvieron una reunión de trabajo para tratar las afectaciones por la minería ilegal.

Los impactos de la extracción minera en los territorios del pueblo afroecuatoriano y las nacionalidades indígenas de la provincia fronteriza de Esmeraldas, fueron analizados en una reunión  desarrollada  el 03 de junio de 2021 en la parroquia Borbón, cantón Eloy Alfaro, al norte de la provincia de Esmeraldas. Del encuentro participó  el presidente de la Federación de Centros Chachi de Esmeraldas (Fecche),  Santiago Delacruz, junto a la ciudadanía alfarina y representantes de otras instituciones y organizaciones.

El objetivo fue elaborar un documento dirigido a Fernando Cabascango, presidente de la Comisión Especializada Permanente de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la Interculturalidad de la Asamblea Nacional del Ecuador, para que considere su contenido en el ámbito de la competencia de la Comisión Especializada Permanente, previa a la próxima audiencia virtual acordada para el día martes 8 de junio, a las 11:00.

La Mesa de Trabajo sobre Agua y Saneamiento, busca  recomendar y elaborar en conjunto con actores institucionales y sociales, las políticas locales sobre agua y saneamiento, con un enfoque basado en derechos humanos, tras soportar el progresivo e indetenible deterioro ambiental al que están sometidos los cantones del norte de la provincia de Esmeraldas, ocasionado por las actividades de empresas mineras, extractoras de oro, que operan al margen de la ley, afectando los derechos colectivos del pueblo afroecuatoriano y las nacionalidades indígenas chachi, épera y awa, en la provincia de Esmeraldas.

Prohibición

Desde el 24 de marzo de 2011, ha transcurrido más de una década, cuando un juez del cantón San Lorenzo dictó una medida cautelar, que fue ratificada el 4 de junio del 2018, prohibiendo toda explotación minera, legal e ilegal que, finalmente, tenía como propósito impedir que los buscadores de oro continuaran contaminando los ríos de esta región con químicos, cuyas aguas son utilizadas por centenas de comunidades afroecuatorianas e indígenas, sin que la crítica situación ambiental haya variado.

No obstante, esta resolución judicial, la explotación minera ha continuado, provocando tragedias como la ocurrida el pasado 18 de noviembre de 2020, en el recinto Los Ajos, parroquia Urbina, cantón San Lorenzo, en la que fallecieron cinco personas y otras quedaron heridas por el deslizamiento de una mina ilegal. Situaciones como esta fueron alertadas por la Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, Victoria Tauli-Corpuz, durante su visita a Ecuador, entre el 19 y 29 de noviembre de 2018

Organizaciones afroecuatorianas e indígenas, se dirigieron a la Comisión Especializada Permanente de la Biodiversidad y Recursos Naturales de la Asamblea Nacional para denunciar esta crítica situación. Sin embargo, la resolución 103, adoptada el 18 de enero de 2021, por el pleno de la Comisión Especializada Permanente de la Biodiversidad y Recursos Naturales de la Asamblea Nacional, para que una subcomisión integrada por dos asambleístas realice una visita a la zona norte de la provincia de Esmeraldas, no llegó a aplicarse.

Retomar demanda

Los integrantes de la  Mesa de Trabajo sobre Agua y Saneamiento del cantón Eloy Alfaro, instan a las autoridades del Ministerio del Ambiente y Agua, el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, y la Secretaría de Derechos Humanos, y a las Comisiones Especializadas Permanentes de Biodiversidad y Recursos Naturales, y de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la Interculturalidad de la Asamblea Nacional, a incluir o retomar estas demandas en su agenda legislativa y a trasladarse a los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo, para verificar la realidad in situ y a disponer las medidas de precaución indispensables para garantizar el ejercicio pleno de los derechos colectivos del pueblo afroecuatoriano y de las nacionalidades indígenas chachi, épera y awa.