Campaña electoral desmesurada y sin control

Se aproximan las elecciones seccionales a nivel nacional y a vísperas de un cambio o renovación de mandato de nuestras autoridades entre alcaldes, prefectos, miembros de juntas parroquiales y los vocales de del Consejo de Participación Ciudadana en general, no podemos omitir la invasiva, agresiva e ilegal propaganda publicitaria anticipada que se ve en el día a día en las calles de Esmeraldas.

El Consejo nacional electoral es el ente Gubernamental encargado del control de las campañas anticipadas y la aprobación del presupuesto de los partidos políticos para sus campañas políticas, sin embargo como bien se sabe un personaje político tiene socios-inversores que capitalizan las campañas llevando a otro nivel el inunde publicitario tanto en las calles, como en medios de comunicación tradicionales y digitales. Hoy hablaremos de las excesivas campañas anticipadas publicitarias carentes de control.

Antecedentes

El pasado sábado 05 de Febrero el consejo nacional electoral bajo la RESOLUCIÓN PLE-CNE-1-5-2-2022-EXT resuelva dar inicio al periodo electoral, el lunes 22 de Agosto empezó de forma oficial el plazo para la inscripción a los candidatos de los movimientos políticos que serán los representantes de las elecciones seccionales de 2023 cuyo plazo venció el día martes 20 de Septiembre, una vez finalizado este proceso son varias las etapas que se deben cumplir antes de ir a las urnas a ejercer el derecho ciudadano al voto, una de ellas es la campaña electoral.

Para agosto el Pleno del Consejo Nacional Electoral aprueba el “Calendario Electoral para las Elecciones Seccionales; y, Elección de Consejeras y Consejeros para el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social 2023” bajo la RESOLUCIÓN PLE-CNE-1-19-8-2022 en el cual detalla las actividades basado en su cronograma de actividades.
Las Campañas electorales según la Resolución inicia el martes 03 de enero de 2023 y finaliza el jueves 02 de febrero de 2023.

Campaña Anticipada

El punto séptimo de la RESOLUCIÓN PLE-CNE-1-19-8-2022 expone inclaudicablemente el inicio de la campaña electoral y citando textualmente: “El Estado, a través del presupuesto del Consejo Nacional Electoral, financiará exclusivamente la propaganda electoral en prensa escrita, radio, televisión, vallas publicitarias y medios digitales de todas las candidaturas unipersonales y pluripersonales. A partir de la fecha de la presente convocatoria, se prohíbe cualquier tipo de publicidad con fines electorales con excepción de las dispuestas por el Consejo Nacional Electoral. “

El punto Décimo primero. Citando textualmente el documento: “La campaña electoral iniciará el martes 03 de enero de 2023 hasta el jueves 02 de febrero de 2023, durante este período se garantizará de forma equitativa e igualitaria la promoción electoral que propicie el debate y la difusión de las propuestas programáticas de todas las candidaturas. El Consejo Nacional Electoral reglamentará el financiamiento según la realidad de cada localidad.”

Sanciones

Según la Ley Orgánica Electoral y Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia. Señala en su Art. 278. Las infracciones electorales graves serán sancionadas con multas desde once salarios básicos unificados hasta veinte salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años.

Se aplicarán a quienes incurran en las siguientes conductas: En su numeral 2. Entregar donaciones, dádivas o regalos a los ciudadanos no autorizados por la autoridad electoral, durante el período de campaña electoral, en el caso de representantes legales, candidatos, responsables económicos y jefes de campaña de las organizaciones políticas.

Esto quiere decir que en caso de incumplimiento el CNE puede sancionar de forma económica con un monto que va desde los $4.675 dólares, hasta los $8.500.