Reivindicación de inmueble

Mesias Mestanza

Los ecuatorianos no han logrado legalizar la tenencia de los inmuebles tales como terrenos y casas, puesto que unos tienen las escrituras a su nombre pero otros tienen la posesión y goce del producto de esos bienes; siendo así, cabe recurrir al juzgador con la demanda de reivindicación, que según nuestra legislación, es la acción de dominio que tiene el dueño de una cosa singular, que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituírsela.

La prueba consiste en demostrar tres elementos rectores a saber: Que el dueño del inmueble tenga sus escrituras debidamente registradas; que haya un posesionario, y, la singularización del bien raíz. Hay que tener mucho cuidado con la temporalidad, porque si el posesionario ha mantenido su posesión como señor y dueño por un mínimo de quince años, también tiene derecho de pedir al juez que declare haber operado en su favor la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, porque es quien estuvo haciendo cumplir la función social a esos bienes; de ahí es que el dueño del inmueble, además de tener su escritura, debe también tener la posesión, a efecto de consolidar su propiedad.

Hemos de concluir que la posesión se muestra más importante que las mismas escrituras, porque el poseedor se está aprovechando de la producción de aquellos bienes por medio de sus cultivos, y si se trata de casas o edificios, por medio de los arriendos o propia habitación. El llamado a reivindicar es el propietario escriturario, quien tiene que reunir los tres elementos ya indicados, para que el juez mediante sentencia declare el derecho en favor del dueño del predio, cuyo fallo se mandará a protocolizar ante el Notario y luego a Registro de Propiedad; de esta manera, la resolución del juez es el título escriturario.

Como consecuencia de lo expresado, diré que tanto el dueño del inmueble, como el posesionario, pueden hacer valer sus derechos ante el juzgador de la Unidad Civil para obtener su escritura y consolidar su patrimonio.

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