Servicios sin salida

Por lo general asimilamos como defectuosos y burocráticos exclusivamente a los servicios públicos a cargo de distintos entes estatales, pero los servicios privados de telefonía y televisión satelital cuyo crecimiento ha sido notable, y que, con el pasar del tiempo constituyen prácticamente una necesidad indispensable en las distintas actividades comerciales, han generado constantes abusos hacia clientes y consumidores sobre lo cual las autoridades poco o nada hacen al respecto.

La Ley de Defensa del Consumidor señala que los contratos de adhesión, aquellos documentos extensos que nos vemos obligados a firmar y que no son sujetos a ninguna modificación, facultan al consumidor terminarlo unilateralmente en cualquier tiempo, previa notificación por escrito con al menos 15 días de anticipación a la finalización del período en curso; y, prohíbe incluir cláusulas o disposición que impongan al consumidor multas, sanciones o recargos de ninguna naturaleza, por terminación anticipada, las cuales de existir no tendrán efecto jurídico alguno.

Pese a lo mencionado, constituye letra muerta tales disposiciones, pues para nadie que ha accedido a estos servicios es ajeno ese tortuoso trajinar que significa terminar anticipadamente, que inicia con la espera de la llamada de confirmación para terminación del contrato, acoso telefónico para no dejar el servicio, pago de multas anticipadas, y confiar en un pronto retiro de los equipos, so pena de que si no lo hacen, luego de meses o años inicien cobros por valores pendientes, y si tiene suerte tratándose de una entidad pública, que no lo sorprendan con retención de cuentas bancarias en medio de un proceso coactivo.

Siempre he creído que el Estado no es un buen administrador, y que sus esfuerzos deben centrarse en regulación y control, esto considerando que el privado por propio interés busca ser más eficiente para generar más réditos, pero de ahí a que el Estado por falta de control se convierta en cómplice de múltiples atropellos que son de conocimiento público y que por ser montos pequeños al consumidor le toque “aguantar y pagar”, existe mucha diferencia. La Defensoría del Pueblo en coordinación con otros organismos de control deben iniciar acciones urgentes que detengan estos métodos atentatorios de derechos a consumidores, sancionando y exigiendo el cumplimiento de la ley.