¿Se necesita una Asamblea Constituyente?

Christian Pérez Escobar

Superadas las elecciones, una de las propuestas impulsadas por el Presidente es la convocatoria a una Asamblea Constituyente a fin de “cambiar” la Constitución de Montecristi.

Es importante señalar que la Constitución vigente genera el respeto, protección y garantía de un amplio catálogo de derechos del buen vivir; de las personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria; de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades; de participación; de libertad; de la naturaleza y de protección; avances que incluso han sido paradigma para otros procesos constituyentes de la región ya que han significado la adecuación normativa de los más altos estándares establecidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Sin embargo, se ha responsabilizado a esta Constitución por los problemas que aquejan al país cuando más bien la solución para resolverlos radica simplemente en su cumplimiento mediante políticas públicas adecuadas y eficaces. Pero, el Presidente pretende su “cambio” principalmente por tres temas: seguridad, economía e institucionalidad. Para generar las soluciones a estos tres temas, bien podría hacerlo mediante propuestas legislativas o una reforma parcial de la Constitución como, en efecto, la Corte Constitucional, en su Dictamen 6-24-RC/24, ha determinado que es posible.

Intentar un “cambio” de Constitución implica el riesgo de retroceder en los avances dogmáticos (derechos y garantías), generar un modelo constitucional que responda a los intereses de un grupo de poder económico y político determinado; e incluso, un gasto elevado ya que se deben realizar tres consultas populares para aprobar el estatuto, elegir a los asambleístas constituyentes y ratificar en referéndum la nueva Constitución, proceso que puede tomar al menos un año, sin perjuicio de las circunstancias políticas que podrían ocurrir en el camino y demoren su desarrollo.

La Constitución de Montecristi no debe ser evaluada bajo el enfoque ideológico o político imperante, sino desde uno técnico con enfoque de derechos humanos. ¿Hay temas específicos que corregir?, tal vez; pero el camino debería ser la reforma parcial de estos respetando el principio de desarrollo progresivo y no regresividad.