Una de las reformas que la Asamblea Nacional debía tratar en estos días, se refería a mejorar la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en relación a la violación a la intimidad. Se entiende por intimidad ese espacio que tiene el ser humano bajo reserva y que no puede ser divulgado en público porque guarda sensibilidad que no puede ser expuesta dado que perjudicaría el honor, el decoro y el secreto de cada persona, contribuyendo a un desbalance de la paz interior.
De ahí que la persona que sin contar con el consentimiento o la autorización legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, voz, audio o video, objetos postales, información contenida en soportes informáticos, comunicaciones reservadas o privadas de otra persona por cualquier medio, será sancionada con pena de libertad de uno a tres años.
Puesto que en la actualidad las redes sociales son utilizadas por cualquier persona sin cultura y sin conocimientos del Derecho como medio para el insulto, la agresión y la diatriba, es claro que nos hace falta una ley que regule el uso de éstas. Por supuesto que la filosofía que tenía el proyecto a tratarse en la Asamblea era positivo, pero en el camino se eliminaron incisos en leyes ya existentes y se modificaron otros, a tal punto de estructurar una ley que cubra la retirada de quienes han actuado por fuera de la norma, en especial de políticos corruptos, ya que se introdujeron artículos que limitan la posibilidad de investigaciones periodísticas que enviaban a la cárcel, especialmente por delitos de peculado y asociación ilícita para delinquir.
Estoy seguro de que esta ley, que llegará al Presidente de la República para el ejecútese o veto, no pasará, máxime que Fiscalía General del Estado expresó su extrañeza por la misma, que acomodada, elevaría el índice de impunidad. Las leyes son de protección, no para alcahuetear delitos.