La Casa de la Cultura Ecuatoriana II

Patricio Durán

La Ley Orgánica de la Casa de la Cultura Ecuatoriana “Benjamín Carrión” (LOCCE) expresa que “es una persona jurídica de derecho público, con autonomía económica y administrativa, que se regirá por esta Ley, su estatuto orgánico y su reglamento. Tiene su sede matriz en la ciudad de Quito, contando además con núcleos provinciales; su representante legal es el Presidente Nacional.

La LOCCE tiene por objeto coadyuvar al desarrollo de los derechos culturales y principios programáticos, enmarcados en la política cultural del Estado ecuatoriano. La CCE tendrá las siguientes finalidades:

  1. a) Orientar el desarrollo de la cultura nacional y universal, estimular su conocimiento y difundir los valores de la cultura ecuatoriana en el ámbito nacional e internacional;
  2. b) Integrar a las diversas culturas del país, en condiciones de igualdad, mediante programas e iniciativas culturales, para consolidar y fortalecer la identidad de la nación ecuatoriana;
  3. c) Fortalecer, ampliar e impulsar el pensamiento, el arte y la investigación científica, a fin de promover y difundir la riqueza y diversidad cultural del país;
  4. d) Rescatar y precautelar la identidad cultural ecuatoriana, preservando sus valores;
  5. e) Participar en la supervisión de la publicidad y programas a través de los medios de comunicación, así como en espectáculos artísticos, en coordinación con las autoridades e instituciones culturales del país;
  6. f) Defender el patrimonio histórico y cultural del Ecuador;
  7. g) Promover eventos, dentro de su ámbito, que difundan la actividad cultural;
  8. h) Organizar centros especializados de educación cultural, científica y artística;
  9. j) Promover la creación de núcleos y extensiones culturales en el país, y aprobar y cooperar con los instituidos por ecuatorianos residentes en el extranjero;

Continuará.