Muerte cruzada: ¿para qué?

La figura de la muerte cruzada, desde su inclusión en la Constitución de 2008, tuvo tres momentos en que fue invocada. Dos por incumplimiento de funciones de la asamblea y otra por una supuesta conmoción interna. La primera vez fue en la mañana del 30 de septiembre de 2010, fecha de recuerdo nefasto, cuando Rafael Correa inventó un supuesto intento de golpe de Estado de la policía, la oposición y la “prensa corrupta”.

Antes de los motines del Regimiento Quito N°1 y el Cuartel Modelo de Guayaquil, Correa iba a anunciar la muerte cruzada por los problemas generados por la aprobación de la Asamblea -la noche previa- de la Ley de Servicio Público: la Policía y los militares se integraban a la burocracia formal y perdían privilegios. La muerte cruzada otorga al ejecutivo la facultad, a mitad de período, de disolver al legislativo y convocar a elecciones generales. El supuesto intento de golpe de Estado desestimó esa posibilidad.

La segunda vez fue en los violentos sucesos de octubre de 2019. No la sugirió el presidente Moreno, sino los correístas. Correa, Virgilio Hernández, Paola Pabón y Gabriela Rivadeneira hablaron, casi al unísono, de convocar la muerte cruzada para cesar al mandatario por “estado de conmoción interna”. Así justificaron su responsabilidad por la violencia, eliminar el obstáculo que (para ellos) era el “traidor” Lenin Moreno e impedir los juicios en marcha contra Correa.

Nuevamente surge la posibilidad. Muchos la piden. Algunos articulistas la exigen, pese al bajo respaldo del presidente Lasso (34%, cuando tuvo -tras la vacunación- 75%). Thalía Flores le pide “que se arriesgue, porque no puede seguir sometido y maltratado por una Asamblea”, que es “un casino”. Hernán Pérez Loose dice que “la actual constitución sí contempla la facultad del presidente de disolver la legislatura y convocarnos a elecciones a los ecuatorianos”.

El artículo 148 señala: “el Presidente de la República podrá disolver la Asamblea cuando ésta se hubiera arrogado funciones que no le competen, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo o por grave crisis política y conmoción interna”.

El riesgo existe. Si disuelve la asamblea, Lasso tiene seis meses para hacer sus reformas y no le quedaría otra que ser candidato, intentando aprovechar las debilidades del correísmo, de Pachakuitk, de la ID y del PSC. Si no lo logra, el país tendrá a otro populista y el peligro es que sea del socialismo del siglo XXI.