Simón Espinosa Cordero: Creativo a los 96 años de edad

Manuel Castro M.

Me refiero a Simón Espinosa Cordero, pensador, filósofo a su manera, periodista incisivo y sobre todo creativo, de los que asustan por su visión y rebeldía combativa, porque no se retracta de lo considera que es correcto y no va contra su conciencia. Y que a su edad defiende con indignación sus convicciones, políticas, jurídicas sin ser abogado, aunque como dijo alguna vez el doctor Alfredo Pérez Guerrero a sus alumnos: “Solo hay que saber leer las leyes”.

Sin excepción analistas, políticos, constitucionalistas, sostienen que lo primero que tiene que hacer el Ecuador es deshacerse de la actual Constitución Política de 2008, creada por el correísmo. Con indiscutibles conocimientos jurídicos sostienen que el único camino es una Asamblea Constituyente que dicte una nueva y la someta a una consulta popular. Ello supone por lo menos innumerables pasos, costosos, largos y de un resultado incierto. A lo mejor en tal Asamblea Constituyente tiene mayoría el correísmo y no sólo maquillarían “su” Constitución, sino que aprovecharía la oportunidad para obtener resoluciones tendientes a obtener impunidad de sus líderes enjuiciados, presos o prófugos.

Pero los “candados” son para ser abiertos, es cuestión de no forzarlos sino de hallar las llaves adecuadas. Simón Espinosa, observa que la actual Constitución declina el Estado de Derecho y crea el Estado de Derechos, atentando contra la racionalidad jurídica, pues es una evidente ruptura del “principio de legalidad”. Y cuando la lee más detenidamente encuentra la llave: El presidente de la República tiene la atribución de convocar a consulta popular sobre cualquier asunto que considere conveniente, de acuerdo al Art. 147.14; además que la Corte Constitucional  “no tiene capacidad para negar o peor impedir que el pueblo ejerza su derecho soberano de dejar sin efecto la Constitución y reemplazarla por otra” (Opinión de la Academia de Abogados del Ecuador) . Entonces su propuesta sería: En la misma forma en que fue aprobada la actual Constitución, mediante referéndum, se le consultaría al pueblo si está de acuerdo en derogar la constitución de 2008 y que entre en vigencia la de 1998 con reformas perfectibles, respetando derechos adquiridos, recursos, contemplando una Corte Suprema de Justicia de última instancia, bicameralidad, el dólar americano como moneda legal, eliminación del Consejo de Participación Ciudad y Control Social, etcétera.

El descubrimiento de Simón, que lo convierte en visionario, es que la tal Asamblea Constituyente, -candado constante en el Art. 444 de la Carta Política para dictar una “nueva” Constitución- no viene al caso, pues la Constitución de 1998 no es obviamente “nueva”, por lo que se puede someter tal pregunta -como plantea Simón-   a consulta popular, que el pueblo, la puede aprobar o no. Por tanto, ha encontrado la llave para abrir dicho “candado constitucional”, propuesta a la que se resisten serios constitucionalistas por rigoristas y tal vez temerosos de una iniciativa creativa y alternativa.