Medidas cautelares se mantienen en caso FEF

Medidas cautelares se mantienen en caso FEF
CASO. Vinicio Luna mientras ingresaba a la audiencia.

Luna seguirá en prisión y Chiriboga podrá cobrar su pensión jubilar.

La jueza de Garantías Penales, Ana Lucía Cevallos, negó la revocatoria de la prisión preventiva que pesa sobre el coordinador de la Selección ecuatoriana de fútbol, Vinicio Luna, acusado del supuesto delito de lavado de activos junto a otros dos directivos del balompié ecuatoriano.


La audiencia tuvo el carácter de reservada por disposición de esta operadora de justicia. Esto se contrapone a lo que manda el artículo 5 numeral 17 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que habla de que todo proceso penal es público, salvo los casos de excepción previstos en este Código (delitos contra la integridad sexual y cuando hay menores de edad involucrados en un proceso penal).


En la misma audiencia la jueza Cevallos negó el pedido que hizo el presidente suspendido de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), Luis Chiriboga, para que se levante las medidas cautelares que pesa sobre una cuenta que mantiene en el Banco del Pichincha, en la que se le deposita mensualmente sus pensiones jubilares del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).


En su lugar, la Jueza ordenó que desde este mes, de enero, el IESS le haga llegar un cheque de la institución con el monto que le corresponda por pensión jubilar.


Declaración


Juan Carlos Machuca, abogado defensor de los procesados, dijo que en el caso de Luna, la juzgadora negó el pedido de revocatoria de la prisión preventiva argumentando que se debe esperar hasta que se presente el informe del peritaje contable que está realizando la Fiscalía, en razón de que no se hizo valer el peritaje privado que se presentó.


Además, dijo que en este peritaje privado, realizado por un perito calificado por el Consejo de la Judicatura, se desvaneció todos los montos de los que habla el informe de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), porque según la Ley no se puede considerar el año 2010 y tampoco el 2015.


El abogado también aclaró que la verdad procesal está en el proceso y no en las calles y medios de comunicación, por tanto hay que esperar que el caso concluya para luego hacer cualquier conjetura.


Dijo que lo fundamental serán los peritajes contables y que eso es lo que está esperando la defensa, porque ahí se determinará si hubo o no lavado de activos.


Aclaró también que la fuente principal del delito de lavado de activos son el narcotráfico, el terrorismo, el tráfico de armas, la trata de personas y la prostitución, pero en el caso que se investiga, no se adecúa a esa conducta delictiva al que se refiere el artículo 317 del COIP y de ese debe estar claro el pueblo ecuatoriano.


“En todos los allanamientos que se hizo no se encontró un solo dólar, no hay activos y tampoco hay desbalance de activos en el patrimonio de Luis Chiriboga y Vinicio Luna, por tanto no puede existir lavado de activos”, concluyó. (LC)


EL DATO
Luis Chiriboga cumpliría un año de su relección el 20 de este mes.