Una consulta popular podría decidir sobre minería en las comunidades

Referencia. Más de 300 personas fueron parte de la marcha que evidenció el rechazo a la minería legal como ilegal, hace un año, en abril de 2018 en Tulcán. La consulta popular podría ser una alternativa para definir el futuro de zonas mineras.
Referencia. Más de 300 personas fueron parte de la marcha que evidenció el rechazo a la minería legal como ilegal, hace un año, en abril de 2018 en Tulcán. La consulta popular podría ser una alternativa para definir el futuro de zonas mineras.

Redacción CARCHI

Las concesiones mineras entregadas a empresas extranjeras en El Cielito, o los recientes recursos no renovables descubiertos en Monte Olivo, preocupan a las comunidades que viven en estos sectores del Carchi.

Muchas personas que vivían tranquilas, dedicas exclusivamente a la ganadería y agricultura, ahora tienen que lidiar con un tema nuevo: la minería legal e ilegal.

Pero, muchos de estos comuneros no están contentos con los procedimientos que ha hecho el Gobierno frente a estos casos. La mayoría indica que no han socializado ni comunicado ninguna decisión tomada sobre sus terrenos. Y ahora piensan, como una medida legal y constitucional, en la consulta previa. Pero, ¿de qué trata?

Alternativa

Desde el área jurídica de Consejo Nacional Electoral (CNE), indicaron que la consulta popular es un derecho constitucional, específicamente, de las comunidades, pueblos y nacionalidades, en caso de la explotación de los recursos naturales.

“Eso está en la Constitución, enfocado en lo que es pueblos y nacionalidades. Donde haya comunidades indígenas, que tengan esa denominación, en donde se vayan a explotar recursos naturales”, señalaron.

Según la Constitución, el Capítulo Cuarto, referente a derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, artículo siete, estipula que la consulta previa, libre e informada, sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles ambiental o culturalmente, deberán realizar las autoridades competentes de forma obligatoria y oportuna.

Y el artículo 398 señala que toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, “a la cual se informará amplia y oportunamente”.

El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta.

“El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley”, explica.

Pasos para la consulta

Desde el CNE se informó que, para que una población acceda al derecho de consulta previa, se debe acceder de la siguiente manera. Primero debe hacer una petición por parte de la comunidad, en el caso de que sea una iniciativa de la población o de organizaciones sociales.

“Debe haber una petición, una solicitud justificada y fundamentada, que debe ser presentada ante el CNE, como una fase previa. A esta solicitud se le revisa las características. En el caso de ser aceptado, se entrega formularios para la recolección de firmas. Una vez que se recolecte el número de firmas que correspondan, se entrega al CNE para que las valide. Se califican y se presentan las preguntas que van para la consulta popular”, mencionaron.

Posteriormente, las preguntas deben ir a la Corte Constitucional, para que califique la constitucionalidad de las interrogantes y verificar que no contravengan las normas, que están en la Constitución.

“Una vez que haya el dictamen de la Corte Constitucional, se pone en marcha el proceso electoral, se arma el plan operativo, se define la fecha. Todo lo que involucra el proceso electoral se da, aunque sea pequeño, en una población, como sucedió en Azuay. Pero tiene todas las características de un proceso electoral para llamar a elecciones”, indicaron desde el organismo. (PTEG)