JUICIO: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS

UNIDAD JUDICIALDE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

CITACION JUDICIAL

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE: VALDIVIESO BUCHELI MARIA JOSEFINA

JUICIO:                     INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS

No.                              17203-2018-01993

 ACTOR:                    MARIA JOSEFINA VALDIVIESO BUCHELI y OTROS

DEMANDADO:         MATILDE BUCHELI MARTINEZ y OTROS

TRAMITE: VOLUNTARIO

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- – Quito, miércoles 16 de mayo del 2018, las 15h24, VISTOS.- Por cuanto de la revisión del cuaderno procesal se evidencia que la demanda presentada no ha sido calificada.- Con este antecedente se deja sin efecto el decreto de jueves 3 de mayo del 2018, las 10h21, por no corresponder a la realidad procesal y al estado de la causa.- En lo principal la demanda propuesta por: MARÍA JOSEFINA VALDIVIESO BUCHELI; LUCIA PAULINA BUCHELI VILLAVICENCIO; FRANCISCO XAVIER BUCHELI VILLAVICENCIO y DR. FRANCISCO EDUARDO VILLALBA PAREDES , en calidad de Procurador Judicial del señor VINIVIO RUBEN BUCHELI VILLAVICENCIO , es completa, clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario.- 1).- De la documentación adjunta a la demanda presentada se desprende que en esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha, con fecha 29 de noviembre el 2000, ha fallecido el señor JUAN SIMON BUCHELI VILLOTA (+).- En consecuencia, procédase a la facción de inventarios y avalúo de sus bienes, con intervención del perito o peritos que resultaren nombrados.- 2).- Cítese con el contenido de la demanda y presente auto a los demandados señores: MATILDE BUCHELI MARTINEZ; NORMA SARA ZAPATA OÑA; CARLOS JAVIER ZAPATA OÑA; PLINIO SABINO ARMAS; RUTH MIRYAN SORIA BATALLAS; ASDRUBAL ESTUARDO BUCHELI MUÑOZ, en las direcciones señaladas para el efecto de esta ciudad de Quito; para el cumplimiento por Secretaría remítase el despacho suficiente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial.- 3).- Por cuanto la actora ha declarado bajo juramento que les es imposible determinar la individualidad y residencia de los presuntos herederos que pudieren existir del señor JUAN SIMON BUCHELI VILLOTA, conforme a lo determinado en los Artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE a los mismos, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mismas que se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, de no señalar domicilio, se sustanciará la causa en rebeldía, para lo cual por Secretaría remítase el despacho suficiente a fin de que se dé cumplimiento a esta diligencia.-4).- Cuéntese en la presente causa con el señor Director del Servicio de Rentas Internas, el cual será citado en legal y debida forma , para lo cual remítase el despacho suficiente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial .- 5).- Previo a citar a los demandados, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, acorde a lo dispuesto en el inciso Quinto del Artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos.- 6).- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37 del Código Orgánico General de Procesos se designa como Procurador Común de la parte actora al señor FRANCISCO XAVIER BUCHELI VILLAVICENCIO.- 7).- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la actora para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado Patrocinador.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F).- Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.- Jueza.- OTRO AUTO.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 23 de mayo del 2018, las 12h49, Incorpórese a los autos el escrito que antecede atento lo solicitado se dispone. Se amplía el auto de calificación de fecha miércoles 16 de mayo del 2018, las 15h24 en lo referente a las citaciones quedando de la siguiente manera 2).- Cítese con el contenido de la demanda y presente auto a los demandados señores: MATILDE BUCHELI MARTINEZ por sus propios derechos y en calidad de representante legal del menor MILTON DANILO ROJAS ZAPATA ; NORMA SARA ZAPATA OÑA; MILTON OLMEDO ROJAS MAIGUA (administrador); CARLOS JAVIER ZAPATA OÑA; PLINIO SABINO ARMAS; RUTH MIRYAN SORIA BATALLAS; ASDRUBAL ESTUARDO BUCHELI MUÑOZ, en las direcciones señaladas para el efecto de esta ciudad de Quito; para el cumplimiento por Secretaría remítase el despacho suficiente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial Actúe la Dra. Martha Maldonado R en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE.- F).- Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.- Jueza.- OTRO AUTO.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 10 de marzo del 2021, a las 13h25. VISTOS.- Atento al juramento de la parte actora, a los herederos presuntos y desconocidos de la causante BUCHELI MARTINEZ MATILDE acorde a lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se los citará con el contenido de la demanda y auto de calificación en ella recaído, por la prensa en un periódico de mayor circulación a nivel nacional, para los fines de ley, por secretaría confiérase el extracto correspondiente.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- F).- Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.- Jueza.- OTRO AUTO.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, jueves 15 de abril del 2021, a las 12h45. VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En atención al mismo.- 1) Atento al juramento de la parte actora, a los herederos presuntos y desconocidos de la causante VALDIVIESO BUCHELI MARIA JOSEFINA acorde a lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se los citará con el contenido de la demanda y auto de calificación en ella recaído, por la prensa en un periódico de mayor circulación a nivel nacional, para los fines de ley, por secretaría confiérase el extracto correspondiente.- 2) Previo a proveer lo que en derecho corresponda la accionante de cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del Art. 117 del COGEP.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- F).- Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.- Jueza.-

 Lo comunico para los fines de ley

DRA. MARTHA ELIZABETH MALDONADO RUIZ

SECRETARIA  DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

Hay firma y sello