Juicio Civil Nº 17230-2021-15431

  1. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP)

CITACIÓN JUDICIAL

A: GABRIEL ALBUJA MORALES

EXTRACTO

Juicio Civil Nº 17230-2021-15431

Actor: ALBUJA CORTEZ GABRIEL ALFONSO

Demandado:

Tipo/Acción: Ordinario-Declaratoria de Muerte Presunta

Cuantía: $Indeterminada

Inicio: 08 de Septiembre del 2021

Defensor: Ab. Edgar Vinicio Puga Vizcaino

Casillero: 5863

Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra

Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica

AUTO:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 28 de septiembre del 2021, a las 13h06. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.­ En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). CITACIÓN: Se señala para el día 05 DE OCTUBRE DEL 2021, LAS 13h15, a fin de que GABRIEL ALFONSO ALBUJA CORTEZ, comparezca junto a su Defensor Técnico a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, cuya dirección es: Av. Amazonas y calle Juan José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad, y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y con JURAMENTO DECLARE que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada GABRIEL ALBUJA MORALES; y, que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, juramento que se realizará ante esta juzgadora. Hecho que fuera se concederá el extracto correspondiente para la citación por la prensa. Hecho que sea CÍTESE a la parte demandada GABRIEL ALBUJA MORALES, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes. En virtud de lo dispuesto en el Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos, que en su parte pertinente dispone lo siguiente: “…Toda citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial…”; publíquese la citación ordenada en la presente causa. Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la demandada, EL TÉRMINO DE 30 DÍAS, contados a partir de la citación, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibídem, de ser el caso. ANUNCIODE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de la demanda; para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160 y 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba que se realice en la respectiva audiencia. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones, y autorización conferida a su defensor técnico.­ Actúe la abogada Verónica Paola Mena en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil.­ NOTIFÌQUESE.­-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 22 de noviembre del 2021, a las 11h08. Agréguese al proceso el escrito que antecede. Dentro de la presente causa, esta Autoridad realiza las siguientes consideraciones: UNO: De la revisión del Acta de Notificación del Auto de 28 de septiembre del 2021, a las 13h06, se verifica lo siguiente: “…En Quito, martes veinte y ocho de septiembre del dos mil veinte y uno, a partir de las catorce horas    y    treinta    minutos,    mediante    boletas    judiciales    notifiqué    el    AUTO    DE    SUSTANCIACIÓN   que   antecede   a:   ALBUJA   CORTEZ   GABRIEL   ALFONSO   en   el   casillero    No.5863,    en    el    casillero    electrónicoNo.1713630810    correo    electrónico    [email protected]. del Dr./Ab. EDGAR VINICIO PUGA VIZCAINO; Certifico…”; de lo que se verifica y constata que la parte actora ha sido notificada en legal y debida al casillero judicial y correo electrónico señalado para recibir sus notificaciones. DOS: Atenta a lo solicitado por el compareciente en el escrito que se provee, se señala para el día 26 DE NOVIEMBRE DEL 2021, LAS 13h15, a fin de que GABRIEL ALFONSO ALBUJA CORTEZ, comparezca junto a su Defensor Técnico a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, cuya dirección es: Av. Amazonas y calle Juan José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad, y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y con JURAMENTO DECLARE que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada GABRIEL ALBUJA MORALES; y, que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, juramento que se realizará ante esta juzgadora. Hecho que fuera se concederá el extracto correspondiente para la citación por la prensa. Hecho que sea CÍTESE a la parte demandada GABRIEL ALBUJA MORALES, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes. NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza.

Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico.

  1. VERONICA MENA T.

SECRETARIA

Hay firma y sello