JUICIO 12334-2021-00940

EXTRACTO DE CITACIÓN POR PRENSA ESCRITA

 A: TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS O DE QUIENES PUEDAN TENER INTERÉS EN EL ASUNTO.

ACTOR: GASTEZZI VERA CRONWEL ENRIQUE.

JUICIO: VOLUNTARIO 12334-2021-00940.

CAUSA: OTROS.

JUEZ DE LA CAUSA: AB. CRISTOBAL TEODORO VELIZ NAVARRETE

AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: Babahoyo, miércoles 27 de octubre del 2021, las 08h12, VISTOS: Puesta que ha sido a mi despacho para su proveimiento, dispongo que se agregue al cuaderno procesal la razón actuarial que antecede por la que se certifica que el peticionario ha cumplido con lo ordenado en auto que antecede, completando su demanda en el término concedido. En lo principal, por cuanto del examen de la demanda presentada por el señor GASTEZZI VERA CRONWEL ENRIQUE, asi como su complemento, se observa que es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario. En consecuencia, ejecutoriado este auto se ordena la citación de la Dra. CECILIA SUSANA HENRIQUEZ CARRERA, Registradora de la Propiedad del cantón Babahoyo, y de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud.- A la accionada en su calidad de Registradora de la Propiedad del cantón Babahoyo, se le citará en su lugar de trabajo, en la dirección consignada por la actora en su demanda, para lo cual remítase las boletas correspondientes al Citador de esta Unidad Judicial; y, para la citación “de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto”, se ordena que se les haga conocer por la prensa, en la forma que lo determinan los artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, el extracto de la demanda y del auto inicial, por tres publicaciones que se harán en un periódico de amplia circulación en la provincia o de esta ciudad de Babahoyo, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta la autorización que confiere la peticionaria a su defensor, como las direcciones electrónicas señaladas para recibir sus notificaciones. – CUMPLASE, CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. –

OBJETO DE LA DEMANDA: con fecha 13 de septiembre de 2021; adquirí al señor NISSON NEY GASTESI VERA, un lote de terreno de la superficie de DOS CIENTOS METROS CUADRADOS, ubicado en el Sector San Miguelito, de la Parroquia Febres Cordero, del catón Babahoyo, Provincia de Los Ríos circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones: POR EL NORTE: terreno de la señora MARTANA GASTESI VERA con 20 metros; POR EL SUR: terreno de la señora MARTANA GASTESI VERA con 20 metros; POR EL ESTE: carretera pública; POR EL OESTE: terreno del señor NISSON NEY GASTESI VERA con 10 metros. Que se declare con lugar la demanda, y se ordene en sentencia la inscripción de la escritura de compraventa. La cuantía del proceso es de $1000,00. Particular que comunico a ustedes para los fines legales pertinentes. –

Babahoyo, 08 de noviembre del 2021.

AB. GEORGINA ANNABELL ESPÍN DÍAZ

SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO