JUICIO 12333-2014-0777

Républica del Ecuador

FUNCIÓN JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN VINCES

JUICIO#12333-2014-0777

PROVINCIA DE LOS RÍOS

 AVISO DE REMATE

AL PÚBLICO EN GENERAL SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE

En providencia : Vinces, 26 de Mayo del 2021, las 10h59.- Se señala para el día 19 de Julio del año 2021, desde las 00h00hasta las 24h00, de un bien inmueble embargado de propiedad de la demandada MARIA GUADALUPE CASTRO MACIAS consistente de un solar de terreno situado en el Cantón Vinces, Provincia de Los Ríos dentro de los siguientes linderos y medidas, por el Norte con la familia Tamayo, con tres punto cincuenta metros lineales; por el Sur , la calle Gómez Carbo con tres punto cincuenta metros; Por el Este con propiedad con la familia Coello Zambrano con dieciocho punto noventa metros y por el Oeste ; Con propiedad del Señor Perfecto Coello con dieciocho punto noventa metros que forma una superficie de SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON QUINCE DECIMETRO CUADRADOS, en dicho solar se encuentra una casa tipo villa de una sola planta, con estructura de hormigón armadp, piso de hormigón simple, paredes de bloques de cemento, enlucido y techado de loza de hormigón se observa una ventana con verjas de fierro con vidrio y aluminio asi como una puerta de entrada de fierro, tiene servicio de agua potable y energía eléctrica, avaluada en TREINTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 50/100CENTAVOS DE DÓLAR ($30,747.50): SEGUNDO.- para cuyo efecto se publicará en atención del Art. 399 del Código Órganico General de Procesos en la plataforma única de la página WEB DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA en el término de (20) días con anticipación a la fecha anteriormente señalada TERCERO.- Las posturas no podrán ser inferiores al 100% del avalúo perecial efectuado , acorde al Art. 400 DEL COGEP .CUARTO.-Por tratarse de un remate de un bien inmueble todo pago se hará al contado, sin que pueda admitirse ofertas a plazo, puesto que no consta de autos que la o el ejecutante hayan covenido lo contrario: QUINTO.- Los postores deberán entregar mediante depósito o transferencia electrónica el 10% o el 15% según su postura. Se deja establecido que el ejecutante esta exento de esta consignación en caso de presentarse al remate..- SEXTO.- De acuerdo a la Resolución No. 222-2015emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, los postores deberán consignar la tasa por servicios administrativos establecida para el efecto, en 1.7 % de un salario básico unificado: SÉPTIMO.- Como el caso que nos ocupa se trata del remate de un bien inmueble de conformidad con lo que establece el Art. 401 del Código Orgánico General de Procesos las formas de pagos de las posturas sonde; 1( Al contado y 2; A plazo en el remate de bienes inmuebles no se admitirán posturas en que se fije plazos que excedan de cinco años contados desde el día del remate ni las que no ofrezcan el pago de por lo menos, el interés legal, pagaderos por anualidades adelantadas .- La cosa remata si en bien inmueble quedara en todo caso hipotecada por lo que queda del plazo, debiendo inscribirse este gravamen en el correspondiente registro, al mismo tiempo que el traspaso de la propiedad .- Del mismo modo la prenda

Se conservara en poder de la o del creador prendario, mientras se cancele el precio del remate: OCTAVO.- El actuario realice el SCAN del avalúo y lo publique a la Plataforma de la Web del Consejo de la Judicatura a efectos de publicidad de la cosa en remate: NOVENO.- El actuario del despacho en atención al Art. 8 de la Resolución 222-2015 confeccione y publique el aviso pertinente acorde los lineamientos del ítem 5.2 del “ Manual para la aplicación del Proceso de Remates Judiciales en Línea “ promulgado por la Dirección General del Consejo de la Judicatura; además el número de la cuenta 4-006982698del control del remate judicial del BAN ECUADOR CON RUC 176000279001, a esto se le debe sumar 0.30 cts, por servicio financiero si el deposito lo va a realizar en efectivo el postor deberá acercarse a cualquier agencia de BAN ECUADOR, presentando el código de remate que consta en el aviso de Remate, además la identificación del postor el cual no debe llevar ningún tipo de cuenta a esto se le debe sumar el o.60 Ctvs, por servicio financiero. El servicio administrativo por el remate en línea que es de 6 dólares 37/100, este rubro se cancela por una sola vez por cada postura, si el postor desea mejorar el valor de su postura realizada en dicha mejorada ya no pagará esta tasa. Si el postor debe consignar la diferencia que cubra el 10 % o 15 según el caso de la mejora por cuanto nos encontramos aplicando una forma nieva de realizar los remates, DECIMO.- Que el actuario del despacho elabore el extracto para la publicación por la prensa por una sola vez , en el Diario la Hora, de mayor circulación de la Provincia de Los Ríos,

Vinces 27-05 del 2021

 Abg. Julio Sixto Martínez

Secretario