UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN EL CANTÓN QIEVEDO
EXTRACTO DE CITACIÓN POR LA PRENSA
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIÉN EN VIDA SE LLAMO FLORENTINO PARRALES BURGOS
SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Quevedo, la demanda del Procedimiento Ordinario de Prescripción Adquisitiva de Dominio No. 12331-2021-00293, seguida por OSCAR LENIN REYNA CRUZ en contra de LUIS ANTONIO GUZMAN BURGOS, ANGELA AIDEE BURGOS AVILES, Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIÉN EN VIDA SE LLAMÓ FLORENTINO PARRALES BURGO, cuyo extracto es como sigue:
ACTOR: OSCAR LENIN REYNA CRUZ
DEMANDADOS: LUIS ANTONIO GUZMAN BURGOS, ANGELA AIDEE
BURGOS AVILES, Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIÉN EN VIDA SE LLAMÓ FLORENTINO PARRALES BURGOS.-
OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante solicita que mediante sentencia y previo al trámite de procedimiento ordinario se declare haberse operado a su favor la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio sobre un solar de terreno ubicado en la lotización “La Libertad” de la Parroquia San Cristóbal Km 1/2 via Quevedo Valencia Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, signado con el número 1 de la manzana E, con 157m2, 50dcm2
, dentro de los siguientes linderos: NORTE, solar N°2 en 18 metros 50 cm; SUR, con área comunal en trece metros; ESTE, Calle en 10m , OESTE, con terreno del Rancho San Vinicio en 11 metros y cuarenta y uncentímetros – Que desde el 10 de enero de 2004 hasta la actualidad viene manteniendo la posesión, uso y goce del solar y casa tipo villa con techo de zinc, cerramiento con paredes de bloque enlucido y verjas, en forma continua e ininterrumpida en forma pública con ánimos de señor y dueño del bien inmueble materia de esta demandada.- Los fundamentos de derecho se encuentran establecidos en los arts. 603, 2392, 2397, 2410, 2411y siguientes del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos.
CUANTÍA: QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA.
TRÁMITE: ORDINARIO.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Raúl Antonio Goyes Reyes, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, quien mediante auto de fecha martes 18 de mayo, a las 16h 16, dispone: es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Se ordena la citación de los demandados: ANGELA AIDEE BURGOS AVILES Y LUIS ANTONIO GUZMAN BURGOS, herederos conocidos de FLORENTINO PARRALES BURGOS, en el domicilio señalado en la demanda; Así como también a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó FLORENITNO PARRALES BURGOS, en la forma prevista en el artículo 58 en concordancia con el Articulo 56 del Código General de Procesos, por publicaciones realizadas en un periódico de gran circulación en la ciudad de Quevedo, para lo cual elabórese el extracto de citaciones respectivo.Para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Cuéntese con los personeros del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Quevedo Alcalde y Procurador Sindico, a quienes deberá notificárselos en la dirección que consta en la demanda., se concede a todos los demandados el término de treinta días, para que den contestación a esta demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- OTRO DECRETO.- Quevedo, Viernes 23 de abril del 2021, las 10h40, Forme parte del proceso el Acta que antecede.- De oficio, una vez que de los autos se evidencia que el accionante ha comparecido a rendir declaración bajo juramento sobre la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de los demandados, de conformidad con lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y una vez que la demanda se encuentre inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Quevedo, de conformidad con lo ordenado en el auto inicial de fecha 18 de mayo del 2021, las 16h 16, el Sr. Actuario del despacho proceda a realizar el extracto de citación a fin de que se cumpla con la citación a los demandados herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó FLORENTINO PARRALES BURGOS y otras personas naturales o jurídicas que se crean con derechos de este bien inmueble, de conformidad con lo que determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos.-
Lo que llevo a sus conocimientos para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación. Que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad y/o y correo electrónico para que reciban sus notificaciones dentro del término de veinte días contesten la demanda en la forma establecida en el Art. 151 del COGEP. – Certifico. –
Quevedo, junio 28 del 2021.
Ab. HERNAN ALFONSO RIVERA SOLORZANO
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL
CIVIL CON SEDE EN QUEVEDO