JUICIO 12331-2020-00184

R. del E.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO

 EXTRACTO DE CITACIÓN

A: MENDOZA RISO MAVILO ANTONIO.- SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Civil, con sede en el cantón Quevedo, la demanda Ordinaria No. 12331-2020-00184, presentada por el señor DR. GERMÁN STALIN PARRA MALDONADO, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR JOSÉ ANTONIO SEILER ZEREGA, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA CIA. ECUAQUIMICA ECUATORIANA DE PRODUCTOS QUIMICOS C.A., en contra del señor MENDOZA RISO MAVILO ANTONIO, cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: DR. GERMÁN STALIN PARRA MALDONADO, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR JOSÉ ANTONIO SEILER ZEREGA, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA CIA. ECUAQUIMICA ECUATORIANA DE PRODUCTOS QUIMICOS C.A..-

DEMANDADO: MENDOZA RISO MAVILO ANTONIO.-

OBJETO DE LA DEMANDA: El actor solicita que mediante sentencia y previo al trámite de procedimiento Ordinario al demandado señor Mavilo Antonio Mendoza Riso se le condene al pago del monto de las facturas referidas en su demanda por ser una deuda determinada de dinero, liquida, exigible y de plazo vencido, el pago de los intereses respectivos determinados en el Art. 360 del Código Orgánico General de Procesos, así como también el pago de las costas procesales y honorarios de su abogado patrocinador; que luego de dictar la correspondiente sentencia dar cumplimiento a lo que determina la cláusula tercera de la escritura pública de hipoteca abierta con prohibición de enajenar que constituye el señor Mavilo Antonio Mendoza Riso, a favor de la compañía ECUAQUIMICA ECUATORIANA DE PRODUCTOS QUIMICOS C.A.- Ampara su demanda en lo que disponen los 360 y 289 del COGEP.- CUANTIA: $50.000,00

TRAMITE: ORDINARIO.

JUEZA DE LA CAUSA: Dr. Pablo Ojeda Sotomayor, Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Quevedo, quien mediante auto de fecha Quevedo, miércoles 1 de julio del 2020, las 14h54, admite la demanda a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Se ordena se practique la diligencia de citación del demandado MENDOZA RISO MAVILO ANTONIO, por medio de la prensa local conforme lo manda el Art. 56 del COGEP, para lo cual la parte actora deberá comparecer de forma obligatoria a esta Unidad Judicial de lo Civil del cantón Quevedo, a rendir juramento y reconocer su firma respecto de lo requerido en su escrito de aclaración a la demanda, por cuanto soy el juzgador titular y esa diligencia me corresponde ejecutarla; hecho que fuere se entregará el extracto para la publicación correspondiente.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- OTRO DECRETO.- Quevedo, miércoles 9 de diciembre del 2020, las 14h55, VISTOS: Una vez realizada la declaración bajo juramento del señor DR. PARRA MALDONADO GERMAN STALIN, se dispone que al señor MENDOZA RISO MAVILO ANTONIO, se lo cite de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, “Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, de no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva”, acción por el cual la señora actuaria del despacho proceda a realizar el extracto de citación al demandado de la presente acción.-

Lo que llevo a su conocimientos para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar correo electrónico en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los 20 días posteriores a la última publicación de este aviso.-Lo Certifico.-

Quevedo, diciembre 14 del 2020.-

Ab. Nancy Arteaga Bustamante

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO