JUICIO 12331- 2019-00657

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO

 EXTRACTO DE CITACIÓN POR LA PRENSA

A: CARLOTA LUCIA FLORES HALLO.

SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, la demanda de Concurso de Acreedores No. 12331- 2019-00657, seguida por AB. FRANCISCO HONORATO VILLAVICENCIO OCHOA, en la calidad Apoderado Especial y Procurador Judicial del Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito ”29 de Octubre” Ltda, en contra de FLORES HALLO CARLOTA LUCIA, cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: AB. FRANCISCO HONORATO VILLAVICENCIO OCHOA, en la calidad Apoderado Especial y Procurador Judicial del Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda.-

DEMANDADOS: FLORES HALLO CARLOTA LUCIA.-

OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante solicita que se declare con lugar la formación del concurso de quiebra en contra del señor FLORES HALLO CARLOTA LUCIA en la calidad de deudor principal, y consecuentemente, disponga que se proceda a la ocupación inmediata de los bienes de la fallida, de sus libros, correspondencia y as documentos que deberán ser entregados a la sindico de quiebra designada así también solicito el pago de los adeudado que asciende a la suma fe DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON VEINTICUATRO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($2.957,24), pago de costas procesales intereses al máximo legal hasta la fecha en que se cumpla totalmente con la obligación y pagos de honorarios del abogado defensor.

CUANTIA: INDETERMINADA.

TRAMITE: PROCEDIMIENTO CONCURSAL.

JUEZ DE LA CAUSA: El Dr. Edison Wilfrido Salazar Oña, ex Juez de la Unidad Judicial Civil de Los Ríos, quien, mediante auto de jueves 15 de agosto del 2019, las 15h34, califica la demanda presentada por AB. FRANCISCO HONORATO VILLAVICENCIO OCHOA, en la calidad Apoderado Especial y Procurador Judicial del Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda, por cuanto la misma reúne los requisitos legales y por consiguiente se califica de clara, precisa y se admite al trámite establecido en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos, y ordena se cite a la demandada FLORES HALLO CARLOTA LUCIA, toda vez que de autos consta que el accionante manifiesta bajo la gravedad del juramento que desconoce imposibilidad de establecer la individualidad, dirección domiciliaria o residencia del demandado, mediante auto de fecha miércoles 1 de septiembre del 2021, las 08h48, la señora Jueza Betzabeth Raquel Plaza Benavides ordena citar por la prensa a la demandada FLORES HALLO CARLOTA LUCIA de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Código Orgánico

General de Procesos, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar; de no haberlo se harán en un periódico de la capital de la provincia, así mismo de amplia circulación; si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional.

Lo que llevo a sus conocimientos para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad y/o y correo electrónico para que reciban sus notificaciones. – Certifico. –

Quevedo, 15 de Septiembre del 2021.-

AB. MARIA FERNADA BARZOLA ALMEIDA

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL

CIVIL CON SEDE EN QUEVEDO