JUICIO 12313202100038

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE

LOS RÍOS – MONTALVO

EXTRACTO DE CITACIÓN

JUICIO No. : 12313202100038

CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL

A: Chiguano Fuentes Marlene Del Rocío

ACTOR (A): Gualberto Sabulon Jacome Chiguano

SE LE HACE SABER:

Que en esta Judicatura, se encuentra tramitando una demanda de Divorcio por causal en procedimiento Sumario en contra de Chiguano Fuentes Marlene Del Rocío.- Manifiesta que con la Partida de Matrimonio y Nacimiento adjunto, viene a su conocimiento haber contraído matrimonio civil, el actor y la demandad en el cantón Montalvo, Provincia de Los Ríos, el 4 de Julio de 1987, mediante tomo 1, Pág., 39 y Acta 39, con la señora Marlene Del Rocio Chiguano Fuentes, habiendo procreado un hijo, el mismo que responde a los nombres de Cristian Gualberto Jacome Chiguano, nacido el 13 de Septiembre de 1988, tiene 33 años de edad, quien hasta la actualidad es mayor de edad, y vive con su madre. Que el día 1 de Octubre del 1990, el compareciente abandono injustificadamente el hogar y familia que había formado, con su cónyuge Marlene Del Rocio Chiguano Fuentes, donde habitaban junto a su familia en el Cantón Montalvo, Provincia de Los Ríos, dentro de la sociedad conyugal no adquirieron bienes inmuebles de ninguna naturaleza, por lo tanto no tienen nada que liquidar, que desde el abandono injustificado, el compareciente hasta la actualidad, no ha retomado a su hogar produciéndose el abandono injustificado e ininterrumpido por más de seis meses, conforme establece el Art 110 Causal 9no del Código Civil vigente, con abstención total de relaciones maritales y sexuales, de parte del compareciente, con su cónyuge. Amparados en la Ley Reformatoria al Código Civil, 2do Suplemento Registro. Oficial #526; del Viernes 19 de junio de 2015; Art. 11 Sustituye el articulo 110 por el siguiente, Art 110 Causal 9no del Código civil vigente. – Solicita que en sentencia aceptando la demanda se declare disuelto el vínculo matrimonial que une al compareciente y a su cónyuge, disponiendo se margine en el Registro Civil, Identificación y Cedulación de la Ciudad de Montalvo, Provincia de (Los Ríos).- El señor Juez mediante Auto de fecha miércoles 27 de enero del 2021, las 16h55, acepta la demanda a trámite, previo haber rendido el juramento del desconocimiento del domicilio, residencia e individualidad de Chiguano Fuentes Marlene Del Rocio, disponiendo su citación por la prensa en el Diario “La Hora” que circula en esta Provincia en tres publicaciones, así como en tres mensajes radiofónicos en una emisora de la localidad en el horario de las 18h00 a 22h00.- Conforme a lo dispuesto en el sexto inciso del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda establecido en el numeral tercero del articulo 333 (Sustituido por el Art. 55 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019) EIUSDEM. Lo que comunico para los fines de ley. Montalvo, 12 de marzo del 2021.-

ABG. AIDA ARIAS MOREJON

SECRETARIA (E)

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE

LOS RIOS – MONTALVO