JUICIO 12312-2021-00233

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BABA
EXTRACTO DE CITACIÓN
AL PÚBLICO EN GENERAL; Y, TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS O QUIEN PUEDA TENER INTERÉS EN EL ASUNTO.
SE LES HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial, se ha presentado demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, cuyo extracto y auto recaído en ella es como sigue
CAUSA No. 12312-2021-00233
ACTOR: OBANDO GARCIA TATIANA ESTEFANÍA
DEMANDADOS: HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE OBANDO ALBUJA ROSENDO AMANDO
TIPO PROCESO: ORDINARIO
ACCIÓN: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO
CUANTÍA: SEIS CIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 93/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA
JUEZ DE LA CAUSA: AB. SILVANA JESUS MURILLO SOTO
AUTO DE CALIFICACIÓN: mediante auto de fecha: Baba, miércoles 11 de agosto del 2021, las 16h20, Agréguese a los autos al acta bajo juramento que realiza la señora Obando García Tatiana Estefanía. En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, al tenor del Art.146 del Código Orgánico General de Procesos; y que cumple con los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 142, 143 y 289 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Cítese con este auto a los presuntos herederos conocidos y desconocidos de OBANDO ALBUJA ROSENDO AMANDO, diligencia que se la realizará por un periódico de amplia circulación de la provincia, de no existir en la provincia, en uno de circulación nacional .- Luego de ser citado los demandados, se señalará día y hora para para la celebración de la Audiencia Preliminar, a la que concurrirán personalmente las partes o por medio de Procurador Judicial dotado de suficiente poder para transigir.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la demandada el término de TREINTA DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- Por tratarse la demanda de una acción que pretende la adquisición por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio de un inmueble, de conformidad a lo previsto en la Disposición General Décima del COOTAD, se dispone contar con los representantes legales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Baba, a quienes se citará en sus respectivos despachos en la forma prevista en la ley.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Baba, como se dispone en los incisos 5 y 6 del art. 146 del cuerpo legal precitado .-Tómese en cuenta la dirección electrónica de la actora y correo electrónico señalado por su defensor técnico para recibir sus notificaciones y la autorización que confiere a este para el ejercicio de su defensa.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por el actor en su demanda, situación que estará a lo previsto en el inc. Segundo del artículo 291 del precitado cuerpo legal, en el evento que se formule la contestación debidamente fundamentada.- Agréguese la documentación aparejada. Actúe el Abg. Byron López Villavicencio, secretario Encargado del despacho.- CÚMPLASE, CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-
Baba, jueves 19 de agosto del 2021, las 10h20, En lo principal, de oficio se hace un alcance al auto de calificación de la demanda, el mismo que por un lapsus se hace contar como demandado y ordenándose la citación a los presuntos HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE OBANDO ALBUJA ROSENDO AMANDO, por lo que estese a lo dispuesto en auto que antecede. Actúe el Abogado Christian Basantes Córdova, Secretario encargado de esta Unidad Judicial. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-
OBJETO DE LA DEMANDA: Los actores: OBANDO GARCIA TATIANA ESTEFANÍA, amparados en Fundamentos de derecho con los que se justifican el ejercicio de la presente acción son los siguientes: Art 23 26 del art. 66 de CONST. REPUBLICA, Art. 603, 715, 2398, 2405, 2410, 2411 Código Civil, Art. 1,2 y 5 del art. 240 Código Orgánico Función Judicial, Art. 142, 143, 144, 289, 290 Código Orgánico General de Procesos, Fundamentos de hecho declare usted con lugar la presente demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO a favor de OBANDO GARCIA TATIANA ESTEFANÍA del bien inmueble que se encuentra descrito en el núm. 3 de la presente demanda de presentada de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio LA CUANTÍA: SEIS CIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 93/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA Particular que comunico a ustedes para los fines legales pertinentes.- Se advierte a la parte demandada o quien pueda tener interés en el asunto, que tiene la obligación de comparecer a juicio, trascurridos los treinta días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales pertinentes.-
Baba, 09 de Septiembre del 2021
AB. CHRISTIAN BASANTES CORDOVA
SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BABA