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Martes, 22 de Mayo de 2012

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Temor en periodistas por prohibición a cámaras ocultas

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Sábado, 4 de Febrero de 2012

REALIDAD. Los reporteros de televisión han recurrido a este método para descubrir delitos flagrantes.

Desde hace casi un año, un equipo de periodistas investigadores de un canal de televisión nacional dejó de utilizar cámaras ocultas para revelar denuncias en delito flagrante, excepto en trabajos coordinados previamente con la Policía.

Según el inciso segundo del artículo 30 del proyecto de ley de comunicación, se prohíbe grabar o registrar por cualquier medio las comunicaciones personales de terceros sin que ellos hayan conocido y autorizado dicha grabación o registro.

El periodista investigador, quien pidió no ser identificado calificó a este artículo de “delicado” y comentó que, con la aprobación de este texto, se verán obligados a coordinar con la Fiscalía para la judicialización de las imágenes, caso contrario se corre en riesgo que el periodista o el medio sea enjuiciado.

“Pero el problema es sólo ese, el conflicto se genera si la Fiscalía no autoriza la investigación. En ese caso, tendríamos que obviar el tema y buscar otros que no demanden el uso de una cámara y la investigación quedará ahí”. Así, si se ratifica esta Ley, los ciudadanos no podrán enterarse de irregularidades como la que ocurrió hace dos años en el Registro Civil, donde ciudadanos cubanos “arreglaban” matrimonios con ecuatorianos para obtener la nacionalidad. “Esto solo pudo demostrar con el uso de la cámara”, puntualizó.

Otro ejemplo

El caso de otro reportero de televisión es similar. “Con la cámara oculta se pudo revelar muchos delitos”. Él puso como ejemplo que hace un año se logró la detención en delito flagrante de un hombre que asaltaba las mochilas de los estudiantes de un colegio de Quito.

Criterios

Para la asambleísta Geoconda Saltos (ex PSP y hoy aliada de PAIS), el uso de una cámara oculta afecta la privacidad. “Ellos (los reporteros citados) tenían que haber pasado por un debido proceso porque la cámara puede tomar muchas cosas, pero hay que tratar de definir qué es lo que se busca”. “El uso de una simple cámara no determina que se trata de un hecho absoluto”.

Norma polémica
Artículo 30

“Todas las personas tienen derecho a la inviolabilidad y al secreto de sus comunicaciones personales, ya sea que estas se hayan realizado verbalmente a través de las redes y servicios de telecomunicaciones legalmente autorizadas o estén soportadas en papel o dispositivos de almacenamiento electrónico. Queda prohibido grabar o registrar por cualquier medio las comunicaciones personales de terceros sin que ellos hayan conocido y autorizado dicha grabación o registro…”.

 

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